
STC 002-2013-CC/TC. Caso Poder Ejecutivo. Homologación de sueldos a favor de jueces
13 diciembre, 2013Estimados amigos:
El Tribunal Constitucional acaba de pronunciarse a favor de la homologación de los sueldos de los jueces de Perú en la STC 002-2013-CC/TC, proceso competencial cuyo texto puede ser leído en http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2013/00002-2013-CC.pdf
Es importante anotar que esta decisión se encuentra vinculada a una decisión previa: la STC 3919-2010-PC/TC, proceso de cumplimiento también ganado por los jueces de Lambayeque, Perú, y que puede ser leída en http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2012/03919-2010-AC.pdf
La sentencia sobre materia competencial determina en su parte resolutiva señala:
1. Declarar FUNDADA la demanda en el extremo que se solicita que se declare que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas es el poder competente para administrar la hacienda pública, así como la reserva de contingencia.(…)
4. DISPONER que los poderes públicos, según sus atribuciones, cumplan con incluir el monto requerido para la nivelación total de los jueces en el presupuesto para el ejercicio fiscal 2014, bajo responsabilidad. En el caso específico del Poder Ejecutivo, debe emplazársele para que, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, disponga lo conveniente para que se cumpla el mandato judicial expresado en la sentencia de fecha 10 de agosto de 2011 (Expediente 6582-2009), expedida por la Tercer, Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, teniendo en cuenta lo expresado por el Tribunal Constitucional en la presente sentencia.(…)
La petición de los jueces, es necesario puntualizarlo, llevaba 20 años de continuos pedidos no atendidos y por tanto, constituye la decisión del Tribunal Constitucional un reconocimiento a estas peticiones que , en rigor, no constituyen un aumento de sueldo sino una homologación de haberes no ejecutada por el Poder Ejecutivo.
Consideramos que existe un compromiso de reciprocidad del Poder Judicial por la continua mejora de la calidad del servicio de impartición de justicia.
Saludos cordiales,
Edwin Figueroa Gutarra
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