
Comunicado de la Asociación Nacional de Magistrados del Perú. Elecciones de Presidentes de Jurados Electorales Especiales
11 abril, 2014
Estimados amigos:
Por la enorme importancia del caso para las actividades de las Salas Superiores del país, adjuntamos un Comunicado de la Asociación Nacional de Magistrados a propósito de la creación de 96 Jurados Electorales Especiales (antes 31), los cuales, al ser necesariamente presididos por 96 Jueces Superiores titulares y en actividad ( de 484 titulares a nivel nacional), crean problemas de gestión en diversas Cortes de Justicia del país.
En adición a ello, se traslada a muchos magistrados fuera de sus localidades de ejercicio ( en la mayoría de casos) a efectos de desarrollar funciones de justicia electoral cuando en realidad nuestra labor es, de acuerdo a la Constitución, propiamente jurisdiccional.
Esta nueva normativa viene implicando elecciones en distintos Distritos Judiciales, en las cuales se producen resultados de designaciones sin consentimiento, situación que genera una necesidad de revisión razonable de las normas en cuestión.
Saludos cordiales,
Edwin Figueroa Gutarra
ASOCIACION NACIONAL DE MAGISTRADOS DEL PERU-ANMP
AL DOCTOR FREDY OTAROLA PEÑARANDA PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERU
AL DOCTOR JAVIER ENRIQUE MENDOZA PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL
AL DOCTOR JOSE ANTONIO PELAEZ BARDALES FISCAL DE LA NACION
AL DOCTOR FRANCISCO TAVARA CORDOVA, PRESIDENTE DEL JNE
A LOS MAGISTRADOS DEL PAIS
A LA OPINION PÚBLICA
El Consejo Directivo de la Asociación Nacional de Magistrados del Perú
COMUNICA:
- La Asociación Nacional de Magistrados del Perú, expresa su preocupación por lo establecido en el artículo 33° de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y la Resolución N° 082-2014-JNE; por cuanto las citadas normas establecen que los Jurados Electorales Especiales están constituidos por tres miembros, uno de los cuales es un Juez Superior Titular en ejercicio de la Corte Superior o por jueces superiores provisionales en aquellos distritos judiciales en donde estos no puedan cubrirse por jueces titulares; habiéndose establecido a nivel nacional, 96 circunscripciones administrativas electorales para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014; lo que implica la designación de 96 Jueces Superiores Titulares en actividad para que cumplan dicha función. Igualmente, se deberá cubrir con 96 Fiscales Superiores en actividad y jubilados los Jurados Electorales Especiales.
- Esta disposición afecta indudablemente el principio de exclusividad de la función jurisdiccional y Fiscal el mismo que según ha reconocido el propio Tribunal Constitucional, es el principio por el cual los jueces que forman parte del Poder Judicial están dedicados única y exclusivamente a ejercer la juris dictio, esto es, a ejercer funciones de naturaleza judicial, de modo que el ejercicio de la función que se les confía a los jueces y magistrados es incompatible con cualquier otra actividad pública y privada, con la única excepción de la docencia universitaria. De igual forma, consideramos que afecta la garantía de los jueces y Fiscales a la inamovilidad de sus cargos, en tanto, esta busca la estabilidad del magistrado en el cargo y que la carrera judicial esté exenta de cualquier influencia política, conservando la debida especialidad y conocimiento que amerita el cargo.
- Por estas razones, atendiendo además a que dicha disposición obstaculizaría el cumplimiento de las metas establecidas por el Poder Judicial y el Ministerio Público para el año 2014, en tanto los jueces y fiscales serían removidos de sus cargos jurisdiccionales y fiscales, y a que esta labor en los Jurados Electorales bien podría ser cumplida también por magistrados superiores que han cesado en sus cargos, exhortamos a las autoridades competentes la modificación inmediata del referido dispositivo legal.
Lima, 08 de Abril de 2014
OSWALDO ORDÓÑEZ ALCÁNTARA VICENTE WALDE JAUREGUI
Presidente Fiscal
LUIS CALLE TAGUCHE TONY GARCIA CANO WALTER GOYZUETA NEYRA
Secretario Tesorero Vocal
FRANKLIN RODRÍGUEZ CASTAÑEDA RAMIRO BUSTAMANTE ZEGARRA CESAR MENDEZ CALDERON
Vocal Vocal Vocal
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