Archive for enero 2015

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Derecho Procesal Constitucional 2. Universidad Nacional de Piura, enero de 2015

30 enero, 2015

 

Estimados amigos:

Este fin de semana concluimos el dictado del curso «Derecho Procesal Constitucional 2» en la Maestría Constitucional de la Escuela de Post Grado de la Universidad Nacional de Piura, luego de 4 semanas de intenso trabajo.

Como es usual, este curso se ha orientado a un análisis dogmático -práctico de los procesos constitucionales de la libertad ( habeas corpus, amparo, habeas data y cumplimiento), así como a los de control normativo ( inconstitucionalidad, competencial y acción popular).

Adjuntamos una de nuestras lecturas tipo, perteneciente a Néstor Pedro Sagües (Argentina) e intitulada «Desafíos de la jurisdicción constitucional». Recomendamos su lectura por lo valioso de sus contenidos respecto a la problemática procesal constitucional.

LECTURAS DESAFIOS JURISDICCION CONSTITUCIONAL AMERICA LATINA Nestor Pedro Sagues 13pp

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

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El principio de igualdad constitucional. Límites al trato diferenciado. INDECOPI. Chiclayo, 21 de enero de 2015

22 enero, 2015

Estimados amigos:

Por gentil invitación del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual INDECOPI, el día de ayer desarrollamos la ponencia «El principio de igualdad constitucional. Límites al trato diferenciado» en el local institucional de esta entidad en la ciudad de Chiclayo.

La idea central de la ponencia fue abordar los problemas que afectan los derechos del consumidor desde la perspectiva del principio de igualdad y pudimos abordar diversos casos de nuestra jurisprudencia constitucional a propósito del tema abordado.

Más aún, es importante advertir el reenfoque de la actividad administrativa en general en cuanto a control constitucional, a partir del caso Consorcio Requena- STC 4293-2013-PA/TC -en la medida que se ha dejado sin efecto la aplicación del control difuso por parte de los Tribunales Colegiados de la Administración Pública con alcance nacional.

En ese orden de ideas, nuestra tarea fue desarrollar los caracteres base del test de igualdad y su identificación respecto de casos prácticos.

Nuestro PPT es el siguiente Ppt0000008

Igualmente, incluimos la parte introductoria de la ponencia hasta que podamos contar con la autorización de INDECOPI para la publicación completa del estudio elaborado para esta actividad.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

 

Resumen: 

El presente estudio aborda el principio de igualdad desde la perspectiva de la defensa de los derechos del consumidor en la exigencia y necesidad de que no exista un trato discriminatorio negativo en su acceso a los servicios que el mercado ofrece. Bajo esa pauta, incidimos en los basamentos materiales del principio de igualdad así como en la necesidad de que la justicia administrativa, al evaluar una norma o regla eventualmente discriminatoria en perjuicio del consumidor, pueda desarrollar procedimentalmente el test de igualdad, valiosa herramienta interpretativa constitucional que determina si efectivamente una norma, regla o práctica puede afectar el principio de igualdad.  

El análisis de esta herramienta procedimental es de mayor interés si observamos que la facultad de aplicación del control difuso ha sido objeto de exclusión, por parte de la jurisprudencia constitucional, respecto a los órganos colegiados de la Administración Pública, aspecto que conlleva a un escenario distinto: la justicia administrativa puede apelar a herramientas interpretativas constitucionales que fijan un férreo entorno de defensa de los derechos fundamentales. 

En ese entorno, consideramos que la labor que le compete a la Administración en defensa de la Constitución, en aplicación del mandato que enuncia el artículo 38 de la Constitución, se ve fortalecida por la interpretación constitucional y para ello sumamos el análisis de un caso que operativamente describe el modo procedimental de aplicación del test de igualdad respecto a la defensa de los derechos del consumidor.

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Comunicado Decanos de las Facultades de Derecho de Lambayeque en relación a la desactivación de la Sala Constitucional

21 enero, 2015

Estimados amigos:

Por su importancia reproducimos en archivo PDF el comunicado que publican hoy en el diario La República los Decanos de las Facultades de Derecho de Lambayeque, Perú, en relación a la desactivación de la Sala Constitucional de Lambayeque.

El documento en mención expresa, consideramos muy respetuosamente,su desacuerdo con la medida dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de nuestro país.

SALA CONSTITUCIONAL Aviso Decanos Facultades de Derecho Lambayeque 21ene2015

Cordialmente,

Edwin Figueroa Gutarra

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DECLARACION REDLAJ POR EL FALLECIMIENTO DEL FISCAL ARGENTINO ALBERTO NISMAN

20 enero, 2015

DECLARACIÓN DE LA RED LATINOAMERICANA DE JUECES

POR EL FALLECIMIENTO DEL FISCAL ARGENTINO

ALBERTO NISMAN

La Red Latinoamericana de Jueces (Redlaj) expresa su profundo pesar y
hace llegar su solidaridad y apoyo a la familia y amigos del Dr.
Alberto Nisman a raíz de su muerte, sucedida el 18/1/2015 hallándose
encargado de la investigación del atentado sufrido por la mutual judía
AMIA -sucedido en el año 1994- y debiéndose presentar, al día
siguiente de su muerte, ante una comisión parlamentaria a raíz de una
denuncia que formuló judicialmente contra funcionarios de las más
altas jerarquías políticas de la República Argentina.

La Redlaj, entidad internacional que reúne a jueces de diecinueve
países de Latinoamérica, entre cuyos fines está el fortalecimiento de
la democracia y de los mecanismos necesarios para una impartición
eficaz e independiente de la administración de justicia, se hace el
deber de manifestar su profunda preocupación por el luctuoso suceso, e
insta a las autoridades argentinas por el pronto y efectivo
esclarecimiento de las circunstancias en que se produjo el
fallecimiento del Dr. Alberto Nisman, en aras a propender al oportuno
restablecimiento de la confianza ciudadana en el funcionamiento de
las instituciones, lo que ciertamente contribuirá al desarrollo normal
de la sociedad toda.

Como jueces latinoamericanos no estamos ajenos al dolor y estupor del
pueblo argentino y hacemos votos porque rápidamente se supere este
difícil momento sobre la base de acciones de verdad y justicia, en un
hecho que enluta a todos nuestros países y sus habitantes.

Buenos Aires, Enero de 2015

Vicepresidente: Dr. Roberto Contreras Olivares (Chile)

Vicepresidente América de Sur: Dr. Agustín Lovera Cañete (Paraguay)

Vicepresidente América Central, Caribe y México: Dr. Salomón
Saavedra Dorantes (México)

Vicepresidente de Investigación y Estudios Avanzados: Dr. Galo Pico
Mantilla (Ecuador)

Vicepresidente de Derechos Humanos: Dr. Luis Ernesto Vargas Silva (Colombia)

Vicepresidente para Justicia y Nuevas Tecnologías: Dra. Flavia Podestá
(Argentina)

Vicepresidente para Cooperación en Materia Penal: Dra. Josefa Vicenta
Izaga Pellegrini (Perú)

Vicepresidente para Cooperación Civil y Empresarial: Dra. Vania
Boutaud Mejias (Chile)

Vicepresidente para Cooperación en Materia Familiar: Dra. Doris
Rodríguez Alarcón (Perú)

Vicepresidente para Comunidades Originarias: Dra. Jaqueline Yalán Leal (Perú)

Vicepresidente para Cooperación Electoral: Dr. Fabián Hernández García (México)

Vicepresidente para Capacitación Judicial: Dr. Francisco Darío Lobo
Lara (Honduras)

Vicepresidente para Garantías de la Independencia Judicial: Dra.
Susana Castañeda Otsu (Perú)

Vicepresidente de Estudios de Integración: Dra. Teresita Ricardi Arce (Paraguay)

Vicepresidente para Cooperación en Materia de Derecho Laboral: Dr.
Edwin Figueroa Gutarra (Perú)

Vice-presidente para Gestión Judicial: Dra. Emma Rosaura Benavides Vargas (Perú)

Consejo Consultivo Fiscal:

Dr. Juvenal Lopez Rocha (Bolivia)

Dr. Abel Fleming (Argentina)

Dra. Gabriela Merialdo (Uruguay)

Dra. Lucia Núñez Aguilar (México)

Secretario-General: Dr. Roberto Pagés Lloveras (Argentina)

Nota importante: El Presidente de la Redlaj, Luis Roberto J. Salas, es
magistrado con competencia penal en la ciudad de Buenos Aires y no
firma este comunicado en razón de su función judicial.


Roberto M. Pagés LL.
Secretario General

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Recurso de reconsideración contra desactivación Sala Constitucional de Lambayeque. Publicaciones adicionales

12 enero, 2015

Estimados amigos:

Adjuntamos el recurso de reconsideración presentado ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en Lima el día 09 de enero último, instrumento que resume nuestra posición respecto a la desactivación de nuestra Sala Constitucional.

Respetuosos del ordenamiento jurídico, exponemos los argumentos que sustentan se deje sin efecto la decisión adoptada.

En vía de respaldo, incluimos dos reportes importantes – diarios El Comercio y La República- en relación al discurso del Dr. Oscar Urviola Hani, Presidente del Tribunal Constitucional de nuestro país, quien instó al Dr. Víctor Ticona Postigo, nuevo Presidente del Poder Judicial años 2015-2016, a efectos de que su nueva gestión reconsidere la desactivación dispuesta.

SALA CONSTITUCIONAL Recurso de reconsideración Desactivación Sala Constitucional de Lambayeque Peru 12ene2015

SALA CONSTITUCIONAL El Comercio Referencia TC a desactivación 08ene2015

SALA CONSTITUCIONAL LA REPUBLICA Nota TC desactivación Sala 08ene2015

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

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Adhesión Asociación Peruana de Derecho Constitucional contra desactivación Sala Constitucional de Lambayeque

12 enero, 2015

Estimados amigos:

En la misma línea de nuestros mensajes anteriores, adjuntamos el Comunicado de Adhesión emitido por la Asociación de Derecho Constitucional de Perú el día de hoy 12 de enero de 2015, respecto del mismo item de desactivación de nuestra Sala Constitucional.

SALA CONSTITUCIONAL Pronunciamiento Asociacion Peruana de Derecho Constitucional 12ene2015

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Adhesión REDLAJ contra desactivación Sala Constitucional de Lambayeque, Perú

12 enero, 2015

Estimados amigos:

Adjuntamos las publicaciones en días pasados en diarios de nuestro país a propósito de los Comunicados de la Red Latinoamericana de Jueces REDLAJ, entidad que agrupa a 19 países de Iberoamérica, respecto a la desactivación de la Sala Constitucional de Lambayeque, Perú, dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

La primera corresponde a la publicación del Comunicado respectivo en el Boletín Legal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y el segundo es un aviso a nivel nacional en el Diario La República.

SALA CONSTITUCIONAL LA REPUBLICA Comunicado REDLAJ 09ene2015

SALA CONSTITUCIONAL Comunicado REDLAJ en edición 09ene2015

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Charlie Hebdo y libertad de expresión

8 enero, 2015

Estimados amigos:

Al igual que muchos de Uds, nuestro gesto es hoy de sorpresa, tristeza y congoja ante el atentado terrorista en París contra el semanario Charlie Hebdo que causó la muerte de 12 personas.

Es difícil expresar nuestro desasosiego ante la intolerancia extrema del terrorismo contra una forma de libertad de expresión, con la cual se puede discrepar, es verdad, mas ciertamente ya existe tendencia firme, tanto a nivel interamericano de derechos humanos así como en el sistema europeo de libertades, de aquello que la doctrina ha denominado «responsabilidad ulterior», es decir, prevalece la libertad de expresión frente a las limitaciones a la misma, y si con ella se discrepa, pues corresponde hacer uso de los medios indemnizatorios que el ordenamiento jurídico permite.

El artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos fija limitaciones muy puntuales frente a excesos en la libertad de expresión: temas de odio racial y pedofilia, situaciones que sí ameritan poner barreras de razonabilidad a este derecho humano.

Lo de Charlie Hebdo es totalmente distinto: siendo Francia el país cuna de las libertades civiles, la libertad de expresión practicada en el medio francés ironizó no solo algunas cuestiones radicales del islamismo extremo, sino lo hizo con una serie de temas que no pueden calificar como odio racial. La línea del semanario atacado incluía todo tipo de temas, incluida la religión católica, entre otras materias. Por tanto,  Charlie Hebdo  practicaba una forma de libertad de expresar ideas a través de la sátira y el humor.  Veamos pues que ante la dimensión del lápiz y sus gráficos, no puede oponerse, por irrazonable, el odio de las balas.

Lamentamos mucho esta masacre y nos unimos al pueblo francés: «Je suis Charlie»

Adjuntamos un sentido homenaje en Twitter a propósito de este tema:

http://www.rpp.com.pe/semanario-charlie-hebdo-twitter-atentado-foto_757562_1.html#foto

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra    

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Comunicado de la Red Latinoamericana de Jueces REDLAJ en relación a la desactivación de la Sala Constitucional de Lambayeque, Perú

7 enero, 2015
Comunicado de la REDLAJ
por la
DESACTIVACIÓN de la SALA CONSTITUCIONAL de LAMBAYEQUE, PERU
 
 
 
El Código Iberoamericano de Ética Judicial reconoce en su artículo 31 que el conocimiento y la capacitación de los jueces adquieren una especial intensidad en relación a la máxima protección de los derechos humanos y al desarrollo de los valores constitucionales. Bajo ese propósito la especialidad judicial constituye un basamento necesario del Estado Democrático y Social de Derecho para una prestación de servicios de relevancia jurídica a la comunidad.
 
En esa línea de pensamiento, la Red Latinoamericana de Jueces –REDLAJ- asume muy respetuosamente una posición crítica en relación a la decisión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de Perú, órgano que, a través de la Resolución Administrativa 415-2014-CEPJ de fecha 10 de diciembre de 2014, desactiva la Sala Constitucional de Lambayeque, Perú, y la reconvierte en una Sala Laboral a partir del 01 de enero de 2015, dejando de lado una especialidad en el servicio de impartición de justicia.
 
En atención a lo indicado, solicitamos a las autoridades de Perú reexaminar la decisión asumida, en aras a conservar la especialidad constitucional en el Poder Judicial de Perú.
 
 
Buenos Aires, Enero de 2015.-
 
 
Presidente: Dr. Luis Roberto Salas (Argentina)
Vicepresidente: Dr. Roberto Contreras Olivares (Chile)
Vicepresidente para América de Sur: Dr. Agustín Lovera Cañete (Paraguay)
Vicepresidente para América Central, Caribe y México: Dr. Salomón Saavedra Dorantes (México)
Vicepresidente de Investigación y Estudios Avanzados: Dr. Galo Pico Mantilla (Ecuador)
Vicepresidente de Derechos Humanos: Dr. Luis Ernesto Vargas Silva (Colombia)
Vicepresidente para Justicia y Nuevas Tecnologías: Dra. Flavia Podestá (Argentina)
Vicepresidente para Cooperación en Materia Penal: Dra. Josefa Vicenta Izaga Pellegrini (Perú)
Vicepresidente para Cooperación Civil y Empresarial: Dra. Vania Boutaud Mejias (Chile)
Vicepresidente para Cooperación en Materia Familiar: Dra. Doris Rodríguez Alarcón (Perú)
Vicepresidente para Comunidades Originarias: Dra. Jaqueline Yalán Leal (Perú)
Vicepresidente para Cooperación Electoral: Dr. Fabián Hernández García (México)
Vicepresidente para Capacitación Judicial: Dr. Francisco Darío Lobo Lara (Honduras)
Vicepresidente para Garantías de la Independencia Judicial: Dra. Susana Castañeda Otsu (Perú)
Vicepresidente de Estudios de Integración: Dra. Teresita Ricardi Arce (Paraguay)
Vicepresidente para Cooperación en Materia de Derecho Laboral: Dr. Edwin Figueroa Gutarra (Perú)
Vice-presidente para Gestión Judicial: Dra. Emma Rosaura Benavides Vargas (Perú)
 
Consejo Consultivo Fiscal:
Dr. Juvenal Lopez Rocha (Bolivia)
Dr. Abel Fleming (Argentina)
Dra. Gabriela Merialdo (Uruguay)
Dra. Lucia Núñez Aguilar (México)
 
Secretario-General: Dr. Roberto Pagés Lloveras (Argentina

 

                          

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Pedido adhesión contra desactivación Sala Constitucional de Lambayeque

1 enero, 2015
Estimados amigos:   
 
En lo que constituye la nota más difícil en estos casi 5 años de existencia de este blog, debemos cumplir con comunicarles la compleja decisión que respetamos pero no compartimos, adoptada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del Perú a través de la Resolución Administrativa 415-2014-CEPJ, de fecha 10 de diciembre de 2014, y comunicada a nosotros el 24 de diciembre último, de desactivar nuestra Sala Constitucional en Lambayeque- la primera Sala Constitucional en el país desde 2006- y reconvertirla en una Sala Laboral. Dicha Resolución igualmente desactiva el Juzgado Constitucional de Ayacucho, el primero en el país en su ámbito jerárquico. A estos hechos se agregan la reciente desactivación de la Sala Constitucional y Social de Cusco y diversos Juzgados Constitucionales de Lima, la ciudad capital. 
 
Ante esa situación que representa, juiciosamente lo consideramos así, un retroceso en la especialización de la justicia constitucional, hemos considerado hacer públicos dos documentos: de un lado, el pedido de suspensión temporal de los efectos de la decisión que hemos presentado ante el propio Consejo Ejecutivo pues se deja de lado una especialidad que iba buscando su afianzamiento en aras de una justicia constitucional que también es preocupación central de los jueces del Poder Judicial. De otro lado, incluimos la Resolución en cuestión cuyos fundamentos son racional y razonablemente rebatidos en todos sus extremos en nuestro pedido de suspensión. 
 
Estando a lo señalado, muy respetuosamente solicitaríamos, de ser viable, que quienes consideran esta posición una decisión apresurada – tenemos la convicción de que es así- puedan dirigirnos una nota de adhesión contra esta desactivación, si así lo consideran viable y pertinente,  a propósito de conservar la especialidad constitucional en el Poder Judicial, documento que incluiríamos en el recurso de reconsideración que hemos de presentar a fines de la próxima semana al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Dicha comunicación puede ser dirigida al correo estudiofg@yahoo.com , att. Dr. Manuel Huangal Naveda, Presidente de la Sala Constitucional de Lambayeque.
Saludos cordiales,
Edwin Figueroa Gutarra

 

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