LA ARGUMENTACIÓN
¿Qué significa construir argumentos? ¿Se trata de una labor meramente teórica y abstracta? ¿Implica ello para el juez cerrarse en su gabinete y ejercer una construcción de ideas hondamente esquemáticas y abstractas? ¿Es una buena sentencia aquélla que abunda en argumentos de Derecho? ¿O es mejor sentencia aquella que es eminentemente práctica?
Vamos por partes. Construir argumentos es una labor de construcción de razones. Significa, en buena cuenta, aplicar lógica, interpretación, desarrollar motivación suficiente y exige de parte de los jueces, constante preparación, formación, lectura, identificación con el trabajo, cultura jurídica, entre otras virtudes necesarias para desarrollar una buena argumentación.
Manuel Atienza[1] desarrolla hasta 10 buenas razones para argumentar bien, las cuales resumidamente pasamos a reseñar abreviadamente:
- El mejor consejo que puede darse a quien desee argumentar bien en el Derecho o en cualquier otro ámbito es prepararse bien (…)
- Hay aspectos comunes a cualquier tipo de argumentación, pero también rasgos peculiares de cada campo, de cada tipo de debate. Por ejemplo, lo que es apropiado para una conferencia (la exposición por extenso de una tesis) no lo es para el que participa en una mesa redonda: (…)
- No se argumenta mejor por decir muchas veces lo mismo, ni por expresar con muchas palabras lo que podría decirse con muchas menos. (…)
- En una discusión, en un debate racional, esforzarse porque el otro tenga razón -como alguna vez propuso Borges- parece demasiado (…)
- Cuando se argumenta en defensa de una tesis, no estar dispuesto a conceder nunca nada al adversario es una estrategia incorrecta y equivocada.
- Cuando se argumenta con otro, uno puede tener la impresión de que los argumentos de la parte contraria funcionan como una muralla contra la que chocan una y otra vez nuestras razones. Por eso, una vez probada la solidez de esa defensa, lo más aconsejable es ver si uno puede tomar la fortaleza intentando otra vía. (…)
- La argumentación no está reñida con el sentido del humor, pero sí con la pérdida del sentido de la medida (…)
- No se argumenta bien por hacer muchas referencias a palabras prestigiosas, autores de moda, etc. Lo que cuenta es lo que se dice y las razones que lo avalan.
- Frente a la tendencia, natural quizás en algunas culturas, a irse por las ramas no cabe otro remedio que insistir una y otra vez en ir al punto, en fijar cuidadosamente la cuestión.
- En cada ocasión, hay muchas maneras de argumentar mal y quizás más de una de hacerlo bien (…)
Las pautas que señala Atienza constituyen valiosos criterios que han de servir de punto de partida para la compleja construcción de argumentos y como tales, estos elementos requieren fuerza, consistencia y coherencia en su planteamiento. Un buen argumento, en buena cuenta, resiste las diversas objeciones que se puedan plantear contra el mismo y como tal, sale indemne de los exámenes de rigor a que pueda ser sometido. Al fin y al cabo, la definición de cómo construir un buen argumento implicaría el siguiente raciocinio: » Si mi argumento es mejor que el de Uds., pues prevalecen las razones que planteo, y por el contrario, si el argumento de Uds. es más fuerte que el mío, la consecuencia lógica es que ha de prevalecer la posición de Uds.» Sin embargo, la complejidad de nuestro tema reside en definir la fuerza de ese argumento, cuáles condiciones ha de satisfacer, cuáles requerimientos ha de cumplir y en ese sentido, entramos ya al contexto de justificación, ámbito que aborda exponer las razones que fundamentan el argumento que defendemos. No se trata de una simple enunciación, caso en el cual nos encontramos en el contexto de descubrimiento, sino en la sustentación, una a una, de las razo0nes prácticas que fundamentan nuestro argumento.
De otro lado, la argumentación no es una tarea por entero abstracta. Es abstracto el razonamiento del juez para llegar a una conclusión pero una vez que el problema ha sido enfocado, el desarrollo del problema debe ser eminentemente pragmático pues partimos de la tesis de que un conflicto es un hecho real que tiene que ser dilucidado. Como refiere Atienza[2]: “Si se quiere, al lado del lema: “la enseñanza del Derecho ha de ser más práctica”, tendría que figurar este otro: “!no hay nada más práctico que la buena teoría y el núcleo de la buena teoría jurídica es argumentación!”. De esta tesis de hondo significado, podemos extraer que la argumentación debe ser buena teoría para que las decisiones con contenido jurídico sean fiel expresión del deber de resolver una controversia, cual fuere su naturaleza.
Edwin Figueroa Gutarra
Doctor en Derecho
Publicado en JURÍDICA 584, El Peruano, 16 de febrero de 2016
[1] ATIENZA, Manuel. DIEZ CONSEJOS PARA ARGUMENTAR BIEN O DECÁLOGO DEL BUEN ARGUMENTADOR. DOXA, Cuadernos de Filosofía del Derecho, No. 29 (2006)
[2] ATIENZA, Manuel. Las razones del Derecho. Palestra- Lima, 2004. p. 18.
Enlace electrónico:
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