Archive for septiembre 2016

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Derecho Constitucional peruano. Universidad Nacional de Piura. Setiembre 2016

29 septiembre, 2016

Estimados amigos:

La Maestría Constitucional de la Universidad de Piura nos ha encomendado el desarrollo del curso «Derecho Constitucional peruano», el cual pretende asumir una visión material de las características de nuestro sistema constitucional desde la misma Carta Fundamental de 1993.

En propiedad, se trata de dirigir una mirada a nuestra Constitución de 1993, de desarrollar nociones sobre sus fundamentos, perspectivas y cuestiones problemáticas.

En la 3ra semana de desarrollo del curso, reseñamos algunas de nuestras lecturas principales.

lecturas-el-tribunal-constitucional-peruano-blume-fortini-81p

lecturas-interpretacion-judicial-de-la-ley-ordinaria-figueroa-29p

lecturas-del-tribunal-de-garantias-al-tribunal-constitucional-landa-42p

lecturas-cuando-una-constitucion-es-una-constitucion-mac-farland-56p

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Revista virtual IPSO JURE No. 34. Edición Día del Juez. Agosto 2016

26 septiembre, 2016

PALABRAS DEL DIRECTOR

 

Estimados amigos:

IPSO JURE llega a su edición 34 en una fecha conmemorativa muy especial y ésta es el Día del Juez, fecha de homenaje a aquellos profesionales del Derecho que optaron por una tarea de sacrificio, compleja y muchas veces hasta de escenarios de incomprensión.

Decimos sacrificio pues ciertos ámbitos de la vida privada del juez se convierten en públicos. Ya no hay un solo tamiz de su condición de persona natural sino debe aceptar el ámbito de escrutinio de la sociedad civil en conjunto sobre sus tareas profesionales, su desenvolvimiento incluso ético y su ejercicio de correlación con la propia comunidad.

Existe también sacrificio porque el juez es un ciudadano de a pie, como todos nosotros, pero igualmente recae sobre sus hombros una grave responsabilidad pública, en tanto le corresponde impartir justicia en condiciones no siempre de las más óptimas. Pensemos en las lejanías territoriales, en los lugares de muy difícil acceso, en circunscripciones recónditas de nuestro país. Si no existe un juez profesional para asumir competencia sobre las controversias con raigambre jurídica, pues allí tenemos a otro ciudadano- el juez de paz- quien sin ser necesariamente profesional en el Derecho- pues no es seleccionado y nombrado sino elegido- debe resolver conflictos jurídicos según su leal saber y entender.  Se suma entonces a esa responsabilidad de discernir el derecho aplicable al caso en concreto, las dificultades propias para un ejercicio adecuado de las responsabilidades profesionales que le impone la Nación.

La tarea del juez es compleja porque debemos apreciar que argumentar es un ejercicio siempre difícil de realizar. Las partes sostienen diversas posiciones guiadas por las premisas de valoración, elección y decisión, como plantea Guastini. En las partes tiene lugar ese apasionamiento propio de quien defiende con vigor, convicción y fuerza una causa. En el juez, debe haber una labor cognitivo- racional pues debe aquietar las aguas movidas del proceso y ponerse a escrutar sobre a quién le corresponde el derecho, quién acredita las pruebas que conciernen a su posición y por tanto, debe construir un tejido argumentativo que le confiera posición de reconocimiento legal y constitucional, a quien en justicia tiene el derecho.

Sin embargo, es complejo este proceder pues las partes involucradas en el conflicto han de cuestionar, unas veces con la fuerza de la razón y el derecho, y otras no, la posición que el juez asuma, sea ella cual fuere. Entonces el juzgador ha de preguntarse: ¿Acaso me pude equivocar? ¿Prosperará esta impugnación en la instancia superior? A este respecto, el juez debe asumir una conducta de ajenidad al proceso. La controversia le corresponde solo hasta el momento en que expide su decisión. Lo que suceda después ya es un ejercicio de las partes involucradas en la discusión. En idea extensiva, el juez se limitará a ejecutar su decisión si ésta es confirmada. Y si no lo fuera, igualmente hay un rol de ajenidad pues cuanto suceda en el proceso vincula solo a las partes y es el juez un actor racional que debe sujetarse al proceso mismo, evitando cualquier tipo de relación con las partes.

Y hay un ámbito de incomprensión, por último, pues la tarea del juez puede ser motivo de rechazo por parte de la sociedad. Habrá sentencias que en definitiva no han de ser cómodas para algunos sectores de la sociedad, así como habrá decisiones que podrán agudizar ciertos niveles de contradicción en la comunidad misma. Y no obstante ello, el ejercicio de corrección de esas decisiones, debe corresponder al ámbito de la opción del recurso mismo, es decir, que vía recurso se disponga la modificación de una decisión que no es pertinente, y no a través de la presión mediática misma.

El juez goza de autonomía e independencia en sus decisiones, y puede equivocarse aunque ello no debe ocurrir. Y a pesar de ello, es propio que las decisiones sean modificadas en el decurso propia de la discusión judicial misma. No sucede con los jueces que sean aquellos seres inertes e inanimados que solo pronuncian las palabras de la ley, en mención clásica a la que se refería Montesquieu en El Espíritu de las Leyes de 1748. Por el contrario, los jueces construyen sus decisiones con esfuerzo, preparación y versación, en pos de definir una controversia de la mejor forma posible y dentro de las posibilidades jurídicas y fácticas. Es entonces un ejercicio de correspondencia material que tenga lugar una modificación de la decisión del juez a través de los canales pertinentes que representan los ejercicios de impugnación de una decisión. Y esto es lo adecuado pues de lo contrario, la sociedad incurre en juicios paralelos y el inocente ya es culpable y sujeto a vindicta pública antes de una decisión judicial.

Es por tosas estas razones que en este 04 de agosto es equilibrado, prudente y razonable volver a recordar esa delicada tarea del juez en el Perú y en todos los lugares del mundo. Con juicio de certeza histórica nos decía Sócrates que cuatro características le corresponden al juez: escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.

Al juez le corresponde escuchar siempre con cortesía pues ésta es una máxima imperativa en toda comunicación; al mismo tiempo, le corresponde al juez responder sabiamente, en tanto su formación técnica y humana le confiere facultades para poder decidir dentro de la ley y los principios constitucionales. Pondera prudentemente el juez pues el equilibrio es una regla de oro en todo debate jurídico. Finalmente, decide imparcialmente por cuanto juzga a las partes en cuanto tales, sin otra consigna que aplicar el derecho como corresponde.

Hasta la próxima edición

Edwin Figueroa Gutarra

Director

 

En este número 34 consignamos los siguientes artículos:

 

Tema: El CNM y los retos que plantea la selección y nombramiento de jueces

Entrevista al Dr. Guido Águila Grados, Presidente del Consejo nacional de la Magistratura CNM

 

Discurso del Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque pronunciado por el Día del Juez: 04 de agosto del año 2016.

Juan Zamora Pedemonte

 

Discurso de Orden con motivo del 96° Aniversario de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque

Pablo Díaz Piscoya

 

La exigencia de “especial trascendencia constitucional” en el ordenamiento constitucional peruano. Indeterminación y reconstrucción del precedente vinculante 0987-2014-PA/TC

Edwin Figueroa Gutarra

 

Qué significa motivar

Manuel Atienza Rodríguez (España)

 

¿Qué es ponderar? Sobre implicaciones y riesgos de la ponderación.

Juan Antonio García Amado (España)

 

¿Conviene el antiprocesalismo en el siglo XXI?

Helver Bonilla García (Colombia)

 

El entorno del juez. Elementos para una reflexión

Marina Gascón Abellán (España)

 

Derechos sociales y libre comercio. OIT versus OMC

Thereza Christina Nahas (Brasil)

 

El control de convencionalidad y sus problemas

Domingo García Belaunde

 

Las comisiones investigadoras y las diferencias entre las sentencias Tineo Cabrera y Toledo

César Landa Arroyo

 

Las resoluciones inimpugnables en el Código Procesal Civil y el derecho al recurso como garantía de la doble instancia

Omar Sumaria Benavente

 

¿Cuál es el trabajo del juez?

Adrián Simons Pino

 

La culpabilidad en materia penal. Sus modalidades

Pedro Napoleón Lara Benavides

 

De las relaciones complejas entre la ley penal y los derechos fundamentales: a propósito de la ley de flagrancia

Victoria León Villa

 

La violencia familiar a la luz de las 100 reglas de Brasilia, a propósito de la Ley N° 30364

Carla Yolanda Paredes Ciccia

 

Alcances sobre la ejecución de actas de conciliación realizadas por ante la justicia de paz

Juan Herrera Sánchez

 

¿Qué tan eficiente y eficaz ha resultado la aplicación del proceso inmediato en el Perú? Situación de los Juzgados Penales en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque

Milagros Jannet Begazo Norabuena

 

El elemento típico del perjuicio en el delito de colusión ilegal

Liliana Delgado Martínez

 

Jueces peruanos competentes para asumir jurisdicción y competencia a nivel mundial sin exhorto

Ramon Bayardo Mujica Zevallos

 

Principio o Sistema: Brevísimo estudio del Mérito en el Servicio Civil Peruano

  1. Luis Bravo Montalvo Luz Celeste del C. Sánchez Bravo

 

Los supuestos de falsa motivación de las resoluciones

Luis Manuel Liza Castillo

 

El precedente vinculante en el ordenamiento jurídico peruano

Ana Elisabet Segura Muñoz

 

A propósito de los nueve años del caso “Metro”: un análisis del consumidor razonable y el principio de veracidad en la publicidad comercial

Luis Tezén de la Cruz

 

La supervisión por condiciones de seguridad de Criticidad Alta en Grifos y EE.SS.: un análisis del nuevo modelo creado por OSINERGMIN

Aldo Ortiz Torres

 

El enlace web a esta edición es el siguiente: http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/e997c2004e4010ed93a0fb661656052a/IPSO+JURE+34+EDICION+DIA+DEL+JUEZ.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=e997c2004e4010ed93a0fb661656052a 

Nuestra revista, gracias a la vía rápida de comunicación que permite la Red Latinoamericana de Jueces REDLAJ, llega, además de Perú, a otros 18 países de Iberoamérica, entre ellos Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, República Dominicana,  Uruguay y  Venezuela.

En adición a lo indicado, es grato para nosotros de igual forma invitarlos a escribir un artículo para nuestra edición IPSO JURE 35, noviembre 2016, y fijamos como plazo de cierre de recepción de artículos el próximo 15 de octubre de 2016.

La invitación es extensiva a jueces, fiscales, abogados y académicos del Derecho. La extensión de los artículos es de hasta 20 páginas, arial narrow 11, espacio sencillo. Se enviará el artículo y una foto digital tamaño carnet a la dirección de correo electrónico estudiofg@yahoo.com, incluyendo nombres completos, teléfono y correo electrónico para fines de verificación. La dirección de la revista emitirá un correo de confirmación de recepción del trabajo.

Agradecemos su gentil atención.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

Director revista IPSO JURE

Juez Superior

D.J. Lambayeque

Perú

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Reconformación Segunda Sala Civil de Lambayeque. Procesos constitucionales

15 septiembre, 2016

Estimados amigos:

Después de algún tiempo, volvemos a asumir el conocimiento de procesos constitucionales en razón de la reconformación de la Segunda Sala Civil de Lambayeque, lo cual nos permite el acceso a causas civiles, de familia y constitucionales.

Como en algún momento hicimos saber, la Sala Constitucional de este Distrito Judicial fue reconvertida en diciembre de 2014, por decisión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a Sala Laboral,  con competencia contencioso administrativa y previsional, tarea que hemos asumido hasta el 13 de setiembre del año en curso.

Dada la reconformación referida, esperamos volver a hacer nuestros aportes en materia constitucional, también desde la práctica, en razón de que antes que jueces de la justicia ordinaria, somos jueces de la Constitución, y como tales, somos los Hutter der Verfassung, aquella idea que desde Karl Schmitt en 1929, se traducía en la noción de Guardianes de la Constitución.

Finalmente, los procesos constitucionales constituyen esa importante oportunidad para definir materialmente el carácter de la interpretación correctora extensiva, posición que desde Guastini, se constituye en el punctum dolens de los deberes de la justicia constitucional.

pj-resolucion-designacion-2da-sala-civil-set2016

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

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Calidad de las decisiones. Academia de la Magistratura. Lima, setiembre 10 de 2016.

9 septiembre, 2016

Estimados amigos:

Concluimos este sábado 10 de setiembre el dictado del módulo «Evaluación de la calidad en las decisiones» en la Academia de la Magistratura, sede Lima, taller que ha tenido por objeto poner énfasis en la mejora de la redacción y argumentación de las resoluciones judiciales y fiscales.

Sin duda, la argumentación siempre es un aspecto complejo pero en rigor el Consejo Nacional de la Magistratura de nuestro país destaca que es viable el control externo de cómo redactan jueces y fiscales sus decisiones. No se trata de afectar la autonomía e independencia de los magistrados sino de destacar que es posible mejorar el ejercicio del derecho a comprender a que todo ciudadano debe tener acceso.

Incluimos parte de nuestras lecturas de trabajo así como un interesante archivo de CONFILEGAL, respecto a iniciativas de la justicia española para la mejora de redacción de las resoluciones judiciales.

lecturas-portocarrero-la-calificacion-de-la-calidad-de-decisiones

lecturas-portocarrero-interpretacion-juridica-argumentacion-y-el-cnm

confilegal-una-justicia-moderna-debe-ser-una-justicia-comprensible

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

 

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Event: First National Conference about Fundamental Rights, Peru

8 septiembre, 2016

Blog of the IACL, AIDC

unnamed1.pngThe “First National Conference about Fundamental Rights” is being organized by the Department of Constitutional Law at the Law School of the Pontifical Catholic University of Peru, the THEMIS Civil Association and sponsored by the Konrad Adenauer Foundation, in the framework of the objectives of the INTER-AMERICAN NETWORK ABOUT FUNDAMENTAL RIGHTS AND DEMOCRACY (RED-IDD).

It should be noted that one of the objectives of the RED-IDD is to elaborate periodical themed events on issues related to fundamental rights and the development of democracy

This year the event is going to bring together international and national experts to participate in six tables; in which themes like the fundamental rights to public safety and personal freedom, freedom of expression and new technologies and indigenous peoples and extractive industries will be addressed. Likewise, issues such as secularism, corruption and constitutional jurisdiction against poverty will be discussed. Also, a contest will take place in…

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Jurisprudencia constitucional en materia penal. Chiclayo, 07 de setiembre de 2016.

7 septiembre, 2016

Estimados amigos:

Nuestra Corte Superior de Justicia nos ha comprometido para desarrollar hoy en Chiclayo una ponencia intitulada « Jurisprudencia constitucional en materia penal» y dicha actividad tiene lugar en el marco de ejecución del Diplomado de Especialización en Derecho Penal, Procesal Penal y Contencioso Administrativo, organizado por la Escuela de Formación y Capacitación de Auxiliares de nuestra institución.

Hemos de trabajar algunas líneas de discusión sobre los conflictos usuales entre el principio de legalidad penal y la prevalencia de los derechos fundamentales con raigambre penal, y en ese marco de ideas, parte  del debate de hoy precisamente se vinculará  a jurisprudencia del Poder Judicial, Tribunal Constitucional y Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia penal.

En ese mismo propósito, una lectura que siempre merece atención es el Estatuto de Roma, dada su estrecha relación con temas de orden penal. Dada su importancia para la ponencia de hoy, insertamos dicho documento en este post.

estatuto-de-roma-pdf

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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Máster en Argumentación Jurídica 2016-2017. (Alicante- España)

6 septiembre, 2016

Estimados amigos:

Nuestro maestro y amigo personal- el Dr. Manuel Atienza Rodríguez- nos transmite información de importancia acerca del 7mo Master en Argumentación Jurídica en la Universidad de Alicante, España.

A continuación, el correo que nos envía el Dr. Atienza:

Estimados/as Señores/as:
Previo un cordial saludo, es grato dirigirme a ustedes para informarles que las inscripciones en el Máster en Argumentación Jurídica 2016 – 2017 (7ª edición) de la Universidad de Alicante, estarán abiertas hasta el 30 de septiembre de 2016 en la siguiente web:   http://www.enegocios.ua.es/curso.asp?curso=MARGJURIDI&edicion=777

Toda la información de nuestro Máster la encontrarán en la web siguiente: http://web.ua.es/es/argumentacionjuridica/
Si tienen interés no duden en comunicarse con nosotros que estaremos encantados de darles la información que requieran, por otro lado, rogamos la difusión de la presente.

De otra parte, les informamos que de acuerdo con lo establecido en el Convenio específico de colaboración interuniversitaria entre la Universidad de Alicante y la Università degli Studi Di Palermo (ratificado el 13 de junio de 2014), obtendrán el doble título de Master (oficial) di II livello in «Argomentazione giuridica» aquellos estudiantes que, cumpliendo con la normativa y requisitos determinados por las autoridades académicas italianas, hayan obtenido el título de Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. El convenio tiene validez a partir del curso  2013/2014 (IV Edición del Máster en Argumentación Jurídica de la Universidad de Alicante).  http://web.ua.es/es/argumentacionjuridica/convenio-con-la-universita-degli-studi-di-palermo.html

Sin otro particular me despido quedando a vuestra disposición.
Atentamente
Manuel Atienza
Director

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Escuela de Negocios
Fundación General Universidad de Alicante
Telf.  00-34- 965909373
Telf.  00-34- 965909448
Fax.  00-34- 965909369
email: argumentacion@ua.es
Alicante – España
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Inscripciones en 7ª edición del Máster en Argumentación Jurídica 2016-2017 (Alicante- España)

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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“Teoría General del Proceso”. Academia de la Magistratura. Lima, 03 de setiembre de 2016

2 septiembre, 2016

Estimados amigos:

Concluimos en la Academia de la Magistratura el dictado del módulo “Teoría General del Proceso”, actividad que se desarrolla en el marco del 18° Programa de Capacitación para el Ascenso de Magistrados- sede Lima.

En esta oportunidad, adjuntamos las lecturas de trabajo previstas como material de apoyo para el curso.

BARBERIO, Sergio y GARCÍA, Marcela. Principios generales del proceso civil. diseño clásico y mirada actual. en: Peyrano, Jorge. Principios Procesales, Tomo I. Buenos Aires, Rubinzal – Culzoni editores. 2011. p19 – 69.

PICO I JUNOI, Joan. Las garantías constitucionales del proceso. Barcelona, jmb bosch procesal, 2012. p. 66- 69.

Midón, Marcelo Sebastian. Los Principios del derecho probatorio. En: Peyrano, Jorge W. Principios Procesales, Tomo II. Buenos Aires, Rubinzal – Culzoni Editores 2011. P 623-667.

Ruiz de la Fuente, Consuelo. El principio dispositivo y las intimaciones judiciales de la prueba. En: Pico I Junoi, Joan. Principios y garantías Procesales, España, JMB Bosch Editor, 2013. P. 197-206.

A ANEXO DE LECTURAS TEORIA GENERAL DEL PROCESO PCA 2016

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Sentencias relevantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Callao, 01 y 02 de setiembre de 2016.

1 septiembre, 2016

Estimados amigos:

Dentro de nuestras actividades académicas programadas, trabajamos con la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, un taller denominado «Sentencias relevantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos», el mismo que se ha de desarrollar los días 01 y 02 de setiembre de 2016 en el Auditorio de esta Corte Superior.

La idea principal es apreciar el desarrollo jurisprudencial de los derechos humanos a través de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Corte IDH, dado el efecto vinculante de las decisiones de este alto órgano jurisdiccional, el cual traduce en resoluciones los estándares de la Convención Americana de Derechos Humanos. Por otro lado, habremos de trabajar algunas líneas sobre control de convencionalidad y las características propias de la litigación en sede supranacional.

Adjuntamos nuestros materiales de trabajo: autoinstructivo antes trabajado con la Academia de la Magistratura y el PPT de nuestras sesiones.

TALLER JURISPRUDENCIA RELEVANTE DE LA CIDH

Jurisprudencia relevante Corte IDH agosto 2016

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Calidad de las decisiones. Academia de la Magistratura. Lima, agosto – setiembre 2016.

1 septiembre, 2016

Estimados amigos:

La Academia de la Magistratura nos ha delegado llevar adelante el curso taller «Evaluación de la calidad en las decisiones» como parte del IV Programa de Ratificación de Magistrados, el cual se desarrolla en la ciudad de Lima en 2 fechas: 27 de agosto y 10 de setiembre de 2016.

El módulo en mención forma parte de la relevancia que asigna la Ley 29277- Ley de la Carrera Judicial- al tema de motivación de las decisiones, aspecto que se ha visto afianzado con el precedente Villasis- 120-2014-PCNM- resolución del Consejo Nacional de la Magistratura CNM que trabaja los estándares específicos de comprensión del problema jurídico y claridad de la exposición, coherencia lógica y solidez de la argumentación, congruencia procesal y aplicación de la jurisprudencia pertinente.

En propiedad, buscamos desarrollar el afianzamiento de estas competencias pues es a través de nuestras resoluciones que nos conoce la sociedad civil. En adición a ello, los procesos de ratificación  de jueces y fiscales desarrollados por el CNM, cada 7 años en Perú, asignan un nivel de 30 puntos a este segmento de evaluación. Por tanto, es un item que merece una atención prioritaria por parte de los magistrados en su diario quehacer.

Incluimos los materiales de la primera sesión: nuestro autoinstructivo, silabo y PPT.

EVALUACION DE LA CALIDAD EN LAS DECISIONES. AMAG. MANUAL AUTO INSTRUCTIVO

EVALUACION DE LA CALIDAD EN LAS DECISIONES. AMAG. SILABO.

PCA CALIDAD DE LAS DECISIONES Agosto2016

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Retos del constitucionalismo en el siglo XXI

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