Estimados amigos:
IPSO JURE se suma a las celebraciones por el día del Juez el próximo 04 de agosto y aporta varias reflexiones en este número especial sobre el rol del juez.
Uno de nuestros artículos más significativos en esta oportunidad es un estudio del profesor español Manuel Atienza Rodríguez, quien distingue siete tesis en relación al activismo de los jueces, propuesta que puede ser entendida desde un énfasis argumentativo significativo en relación a los derechos fundamentales.
Y desde ese eje de reflexión viene a comentario uno de los ejemplos más ilustrativos de jueces activistas como aquel que en su momento significó la Corte Warren en Estados Unidos entre los años 1953 a 1969, Tribunal que promovió una significativa defensa de los derechos sociales en el vecino país del norte. De esa forma, el caso Brown vs Board of Education (1954) representa una de las más relevantes decisiones de jueces activistas a favor de las minorías raciales y en suma pone de relieve un punto central: ¿cuál debe ser la actitud de los jueces frente a los derechos fundamentales? ¿Legalista? ¿Activista? ¿Abstencionista? Son opciones que, a juicio nuestro, vale a la pena escrutar.
PALABRAS DEL DIRECTOR
El día del juez representa una ocasión de suyo especial para realizar un balance sobre el desarrollo de la justicia en nuestro país, y, desde esa perspectiva, creemos que es importante asociar esta cuestión, como punto especial de reflexión en esta fecha, al tema de acceso a la justicia respecto de las plataformas tecnológicas de información.
Sin duda la innovación tecnológica representa un factor importante para el acceso a la justicia. Antes, la indispensabilidad de la información escrita constituía, por excelencia, el principal referente y fuente de difusión de las normas. Hoy, una estructura tecnológica importante permite el acceso a un gran número de resoluciones judiciales en el Perú a través del Sistema Integrado Judicial SIJ, y esto constituye una manifestación importante de tutela del derecho de acceso a la información pública.
Lejanos son ya los tiempos en los cuales la sentencia del juez solo era de conocimiento de las partes y del magistrado responsable. La sociedad guardaba un velo de desconocimiento respecto a lo que podía ocurrir en los procesos, a menos que dicha información se hiciera pública. Hoy en día un proceso termina y una de las primeras tareas del juez es colgar su decisión en el respectivo sistema, y ello es de acceso general para toda la comunidad jurídica. Esta cuestión democratiza el acceso a las resoluciones judiciales y por cierto, factor complementario de importancia a considerar es que el juez es más cuidadoso de la información que le corresponde colgar, y por ende, procura mejorar sus estándares de argumentación, dado que toda decisión en el SIJ es pública.
Por otro lado, el factor tecnológico nos lleva también a otea cuestión de interés: ¿podrá avanzar tanto la tecnología y con ella, la inteligencia artificial, de tal modo que pueda reemplazarse al juez en la adopción de decisiones. Existen ya softwares que pueden digitalizar en cuestión de segundos universos de jurisprudencia vinculados con el caso concreto a resolver. A su vez, ya la inteligencia artificial puede brindar soluciones en los casos fáciles respecto de la solución más trabajada en el caso en concreto. Sin embargo, creemos que la complejidad de los casos difíciles y trágicos, si seguimos a Manuel Atienza, hacen indispensable, por ahora, la intervención del juzgador.
La interrogante a discernir es: ¿por cuánto tiempo más existirá esta función de indispensabilidad del juzgador respecto a los casos más exigentes? O en su caso, modificamos la pregunta: ¿podrá la inteligencia artificial evolucionar más allá de los propios límites que la inteligencia humana le asigna? Sin duda, son cuestiones que la ciencia en el futuro habrá de discernir progresivamente. Es una tarea ciclópea pretender construir un sistema en el cual 1000,000 millones de neuronas(número de neuronas con las cuales una persona nace), puedan interactuar a través de conexiones como sinapsis y sin embargo, atendamos al hecho concreto de que la tecnología entra cada vez más, y con más fuerza, a nuestras vidas, así como la inteligencia artificial avanza a paso firme y seguro hacia la conquista de cada vez más funciones antes exclusivamente asignadas a los seres humanos. Incluso el concepto de vida privada hoy se ha relativizado con la existencia de las redes sociales y todos nuestros actos, decisiones o conductas, de alguna manera dejan huella en el ciberespacio.
Lo antes anotado representa una interacción entre el presente y el futuro. Por ahora, celebremos un Día del juez en el cual la sociedad aún considera necesarios e indispensables a los jueces, y nosotros pretendamos servir a la sociedad como guardianes y no dueños de la Constitución – Hútern der Verfassung und nicht Herren der Verfassung- aforismo este último que, en célebres menciones de Schmitt, Lucas Verdú y Landa Arroyo, traducen una férrea defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Feliz Día del Juez.
Hasta la próxima edición.
Edwin Figueroa Gutarra
Director
En este número 46 consignamos los siguientes artículos:
Estado de cosas inconstitucional y jueces ¿relaciones de exclusión o complementariedad ?
Edwin Figueroa Gutarra
Siete tesis sobre el activismo judicial
Manuel Atienza Rodríguez (España)
El empleo público y la ley 24041
Luis Alberto Lalupú Sernaqué
El problema de la cientificidad del Derecho
Hugo Lamadrid Ibáñez
Subsunción y ponderación aplicada al Derecho Penal
Estefany Carrión Suarez
El enlace web a esta edición es el siguiente: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuperiorLambayequePJ/s_csj_lambayeque_nuevo/as_servicios/as_enlaces_de_interes/as_revista/
Nuestra revista, gracias a la vía rápida de comunicación que permite la Red Latinoamericana de Jueces REDLAJ, llega, además de Perú, a otros 18 países de Iberoamérica, entre ellos Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
En adición a lo indicado, es grato para nosotros de igual forma invitarlos a escribir un artículo para nuestra edición IPSO JURE 47, edición noviembre 2019, y fijamos como plazo de cierre de recepción de artículos el próximo 01 de octubre de 2019.
La invitación es extensiva a jueces, fiscales, abogados y académicos del Derecho. La extensión de los artículos es de hasta 20 páginas, arial narrow 11, espacio sencillo. Se enviará el artículo y una foto digital tamaño carnet a la dirección de correo electrónico estudiofg@yahoo.com, incluyendo nombres completos, teléfono y correo electrónico para fines de verificación. La dirección de la revista emitirá un correo de confirmación de recepción del trabajo.
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