
Estimados amigos:
En relación al tema de la Unión Europea, incluimos algunas sumillas desarrolladas a título personal respecto a las diversas entidades vinculadas al sistema de la Unión Europea.
Ciertamente las diferencias son relevantes en tanto los organismos que componen la Unión Europea cumplen distintas funciones, de tal forma que incluso su redacción casi similar conduce a confusiones. De ahí la importancia del detalle de especificación.
1. ¿En qué se diferencia la Unión Europea del Consejo de Europa?
Desde nuestro punto de vista y como magistrados latinoamericanos, realizar una diferenciación entre la Unión Europea y el Consejo de Europa pasa por un ejercicio previo de realizar una tarea comparativa con el sistema americano de integración de países, aspecto que, a pesar de múltiples esfuerzos como el Grupo Andino o la Alianza del Pacífico, solo por mencionar dos ejemplos, no ha logrado el nivel de integración de la Unión Europea, propósito de unión que, sin perjuicio de las dificultades que enfrenta, pues denota avances concretos en diversos ámbitos, y desde su lema inicial “Unidad en la diversidad”, puede darnos un ejemplo concreto de, no obstante múltiples diferencias de idiomas, entre otras variantes, sí exhibe ejemplos claros de integración, como la existencia de la moneda euro, de carácter común en 27 países de Europa, así como un Tribunal de Justicia común, como lo constituye el Tribunal de Luxemburgo.
En relación a la respuesta específica a la primera pregunta que se nos plantea, una primera diferencia a anotar entre las instituciones aludidas, es propiamente que la Unión Europea representa un proyecto de integración entre las naciones europeas, con diversos mecanismos integrantes, al modo de una división tripartita de un Estado, con funciones ejecutivas, legislativas y jurisdiccionales, que nos permitiremos ampliar como respuesta en la segunda pregunta, a diferencia del Consejo de Europa, que representa un órgano que representa la unión de países para la defensa de los derechos humanos, y cuya concreta expresión es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, Francia, y que reúne a 47 países del Consejo de Europa. Este aspecto es importante de anotar, pues en tanto la Unión Europea identifica a 27 países de Europa, el Consejo de Europa agrupa 47 países, con igual número de jueces ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Sobre este último ítem, debemos anotar, desde una perspectiva temporal, que la Unión Europea se remonta al año 1950, cuando desde los propósitos de integrar una Comunidad de Carbón y Acero, se idea una institución que dificulte el militarismo entre los países de Europa, una de las causas de la Segunda Guerra Mundial, hasta el año 1992, cuando en Holanda se concreta la existencia de esta institución en aspectos concretos, pues en 1993 se crea el euro y en 2002 nace El Banco Central europeo.
Por su lado, el Consejo de Europa no puede disociarse del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pues en tanto el primero acusa la existencia de una institución rectora de los derechos humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos identifica al organismo jurisdiccional directo ante el cual, una vez agotada la vía interna de los Estados parte en materia de derechos humanos, conoce en Comités de Jueces, Salas de 7 jueces y Grandes Salas de 17 jueces, diversas reclamaciones que tienen relación con controversias vinculadas al Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Desde una perspectiva crítica, tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa representan mecanismos que, con sus diversos componentes, expresan una política de integración que sirve de derrotero a Latinoamérica para concretar políticas de integración.
2. ¿En qué se diferencia la Unión Europea del resto de organizaciones internacionales?
Tenemos la impresión de que la pregunta puede adquirir dos sentidos: en un primer orden, pueden entenderse diferencias con la Organización de Naciones Unidas, que agrupa a la fecha a 192 países del mundo y que representa un esfuerzo de integración de los cinco continentes por conducir políticas públicas de beneficio mundial, hasta identificar sistemas regionales de derechos humanos como el interamericano, que agrupa a 21 países de América, o bien el africano, que ya cuenta con una Corte Africana de Derechos Humanos y que va emitiendo a la fecha decisiones sobre la materia.
Desde un segundo orden, conviene diferenciemos la Unión Europea propiamente de diversos entes que forman parte de la misma. De esa manera, tenemos un Consejo de Ministros de la Unión Europea, que identifica intereses nacionales respecto de los países de Europa. A su vez, la Comisión Europea de la Unión Europea representa intereses esencialmente comunitarios y asume las veces de un Poder Ejecutivo. Adicionalmente, el Parlamento Europeo de la Unión Europea representa los intereses de los ciudadanos y está conformado por 750 diputados más su Presidente. Aquí hay que agregar el Consejo Europeo de la Unión Europea que representa la instancia más alta y que suele carecer de potestad legislativa. A lo expuesto, debemos sumar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, a fin de de esclarecer las controversias de raigambre legal sobre aspectos del Derecho Comunitario europeo.
Igualmente, si aludimos a otras necesarias diferencias entre estas mismas instituciones que conforman la Unión Europea, podemos anotar que la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia expresan, con más énfasis, métodos comunitarios, en tanto que el Consejo Europeo y el Consejo de Ministros aluden más a métodos intergubernamentales.
En suma, la Unión Europea necesita de diversos mecanismos que hagan eficaz su funcionamiento y los órganos descritos coadyuvan para que ese propósito de integración se materialice. Creemos que gran parte de ese propósito inicial se ha logrado, en la medida que el militarismo en Europa ha retrocedido en concreto, una vez superada la traumática experiencia de la Segunda Guerra Mundial. Y en adición a ello, la Unión Europea marca un derrotero para que América no solo intente sino concretice esfuerzos concretos de integración.
Saludos cordiales,
Edwin Figueroa Gutarra
Debe estar conectado para enviar un comentario.