Archive for enero 2020

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Derechos humanos y corrupción: Algunos aspectos relevantes del reciente informe publicado por la CIDH — Justicia en las Américas

29 enero, 2020

Claudio Nash*

El tema de la corrupción ha ido ganando un espacio propio en la discusión de derechos humanos (DDHH) a nivel internacional y el Informe sobre “Derechos Humanos y Corrupción” de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es el esfuerzo más completo de abordaje integral del tema que haya hecho por un organismo […]

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Escuela Judicial de Barcelona. Instituciones de la Unión Europea. PDF

27 enero, 2020

Estimados amigos:

Incluimos en formato PDF uno de nuestros artículos de trabajo en la Escuela Judicial de Barcelona respecto a instituciones de la Unión Europea, trabajo en el cual incidimos brevemente respecto a algunas diferencias con el Consejo de Europa y otras organizaciones internacionales. .

Instituciones de la Unión Europea PDF

Saludo cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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Carta de Luigi Ferrajoli sobre el procés — La Mirada de Peitho

24 enero, 2020

Se trata de una carta dirigida a Perfecto Andrés Ibáñez y a mí, en contestación a un correo que le había enviado cada uno mostrando la extrañeza y preocupación por la noticia aparecida en Sinpermiso del pasado día 9 de diciembre y firmada por Roger Graells Font.Carissimi Perfecto e Manolo, Sono anch’io enormemente amareggiato per l’impressione…

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Estudio comparativo entre los sistemas interamericano y europeo de derechos humanos. PDF

24 enero, 2020

Escuela Judicial de Barcelona

 

Estudio comparativo entre los sistemas interamericano y europeo de derechos humanos PDF

 

SUMARIO

Introducción 1. La dimensión de los derechos humanos en la escena contemporánea 2. Una descripción referencial de los sistemas interamericano y europeo de dd.hh. 3. Similitudes entre ambos sistemas 4. Diferencias relevantes entre los modelos interamericano y europeo. 5. Retos a futuro respecto a los sistemas interamericano y europeo. Conclusiones

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Artículo CONFILEGAL ¿Por qué la mediación no termina de despegar en España?

23 enero, 2020

Estimados amigos:

En forma complementaria a nuestro post de ayer y en vía de análisis de la importancia de la mediación en Europa, incluimos un valioso enlace de CONFILEGAL, a propósito de la mediación en España, estudio que recoge los testimonios de varios especialistas en la materia.

Reseñábamos que el día 21 de enero es el día de la mediación en Europa y ello tiene lugar en razón de haberse aprobado en esa fecha, en el año 1998, el primer texto legal sobre esta figura en el viejo continente.

Nos toca abonar, es nuestra posición, porque todos los medios que hagan posible la desjudicialización de los conflictos, merecen el más amplio apoyo de las políticas públicas de los Estados, y bajo esa pauta, la mediación representa uno de las varios medios alternativos de resolución de conflictos que, efectivamente conducida, nos ahorraría extensos debates jurisdiccionales.

De ese modo, ¿ puede ser la justicia ser eficaz? Por supuesto que sí, si ampliamos una visión de conjunto respecto a otros modos de resolver las controversias con relevancia jurídica, dejando a los jueces solo aquellos casos que verdaderamente justifiquen un hondo análisis jurisdiccional.

Recomendamos la atenta lectura del enlace reseñado.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

¿Por qué la mediación no termina de despegar en España?

 

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Escuela Judicial de Barcelona. Día europeo de la mediación.

22 enero, 2020

Estimados amigos:

La mediación, como método alternativo en la resolución de conflictos, ha adquirido en el contexto jurídico del viejo continente una relevancia de primer orden, y en atención a ello, se ha fijado el 21 de enero de cada año como el día europeo de la mediación.

De igual forma, en cuanto respecta a España, es una disciplina de primer orden en la Escuela Judicial de Barcelona, además de representar un eje transversal en la formación de los nuevos jueces en la carrera judicial.

En ese sentido, nos permitimos adjuntar un valioso enlace en el cual el Dr. Jorge Jiménez Martín, Director de la referida Escuela, nos explica los alcances de esta institución.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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Estándares de la formación judicial en España. PPT

9 enero, 2020

 

 

Estimados amigos:

Llevada a cabo el día de ayer, 08 de enero de 2020, nuestra conferencia réplica a propósito del curso de la Escuela Judicial en Barcelona, adjuntamos el PPT de nuestra actividad, reseñando así, a muy grandes rasgos, los caracteres esenciales de la experiencia académica referida.

CONFERENCIAS 2020 1 Estándares de la formación judicial en España 08ene2020

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Estándares de la formación judicial en España. Conferencia réplica. Chiclayo, 08 de enero de 2020

7 enero, 2020

Estimados amigos:

Concluida la estancia de estudios en la Escuela Judicial en Barcelona, España, y como parte del reglamento de actividades de capacitación del Poder Judicial del Perú en el extranjero, nos corresponde desarrollar una conferencia réplica respecto de la experiencia académica llevada a cabo.

Dicha ponencia, intitulada «Estándares de la formación judicial en España», tendrá lugar el próximo 08 de enero a las 17.00 horas en el Auditorio de nuestra Corte Superior de Justicia, en Chiclayo, y nos servirá dicha oportunidad para fijar los lineamientos de capacitación y formación de jueces en España, luego de tres meses y medio de estudios y reuniones institucionales en Barcelona y otras ciudades de Europa.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

 

 

 

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Escuela Judicial de Barcelona. Visitas oficiales. Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Luxemburgo. Diciembre 2019

6 enero, 2020

Estimados amigos:

Una última visita oficial fue la que realizamos, como Delegación de la Escuela Judicial de Barcelona, al Tribunal de Justicia dela Unión Europea en Luxemburgo el último 11 de diciembre de 2019, actividad con la cual cerramos nuestras visitas entre España, Francia y Luxemburgo.

Entre sus funciones oficiales, este alto Tribunal, creado en 1952, garantiza que la legislación de la Unión se interprete y aplique de la misma manera en cada uno de los países miembros. De la misma forma, garantiza que los países miembros ( 28 en total al año 2019), y las instituciones europeas cumplan la legislación de la Unión Europea.

Adicionalmente, interpreta la legislación (decisiones prejudiciales). En tal sentido, si un tribunal nacional tiene dudas sobre la interpretación o validez de una norma europea, puede pedir una aclaración al Tribunal de Justicia europeo. El mismo mecanismo puede utilizarse para determinar si una normativa o práctica nacional es compatible con la legislación europea.

De otro lado, aplica la legislación (procedimientos de infracción) de la Unión Europea y puede anular normas europeas (recursos de anulación). Así, si se considera que una norma europea vulnera los tratados de la Unión o los derechos fundamentales, los gobiernos de los países miembros, el Consejo de la Unión, o, de ser caso, el Parlamento Europeo, pueden solicitar al Tribunal que la anule.

Igualmente, garantiza que la Unión actúe (recursos por omisión) en determinadas circunstancias, y por último, sanciona a las instituciones europeas (acciones por daños y perjuicios). De esa manera, puede recurrir al Tribunal cualquier persona o empresa que se considere perjudicada en sus intereses por acción u omisión de la Unión.

Podemos apreciar, en suma , un conjunto de importantes atribuciones que fortalecen el llamado Derecho de la Unión Europea, y es de observarse que este corpus iuris sirve de base material para hacer sólidas las bases de integración de los 28 países parte de este sistema.

Adjuntamos fotos institucionales.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

 

 

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Escuela Judicial de Barcelona. Visitas oficiales. Consejo de Europa. Diciembre 2019

3 enero, 2020

Estimados amigos:

Dentro de nuestras últimas actividades oficiales en la Escuela Judicial de Barcelona, tuvimos oportunidad de visitar el Consejo de Europa en la ciudad de Estrasburgo, Francia. Esta visita tuvo lugar el 10 de diciembre pasado.

El Consejo de Europa congrega a 47 Estados europeos y representa un acuerdo de suma importancia, pues todos los países adheridos a esta institución, se obligan a respetar las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Este Consejo se constituyó mediante el Tratado de Londres de 1949 y está integrado por una Asamblea Parlamentaria, un Comité de Ministros ( que ejecuta las sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH.), y una Secretaría General.  Oficialmente, esta entidad se proyecta como un espacio político y jurídico común en el continente europeo, sustentado sobre los valores de la democracia, los derechos humanos y el imperio de la ley. De allí derivan sus tres grandes áreas de acción, en cuanto a: promover y proteger los derechos humanos, así como asegurar los derechos sociales en el continente europeo.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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