Archive for febrero 2020

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Mario Bunge. 1919-2020. In memoriam

27 febrero, 2020

 

 

Estimados amigos:

Para quienes hemos abordado alguna vez , a título de aprendices, la relación entre los temas de ciencia y filosofía, es una noticia sensible la partida en Montreal, Canadá, a los 100 años de edad, del maestro argentino Mario Bunge, cuya amplia producción bibliográfica en los temas que referimos, siempre fue un  bastión de apoyo para nuestra labor de investigación.

Bunge, Premio Príncipe de Asturias en Comunicación y Humanidades en 1982, fue  profesor de física teórica y filosofía.  En medio de su amplia producción bibliográfica, destacamos una obra sobre sus trabajos, cuya lectura recomendamos: «Elogio de la sabiduría. Ensayos en homenaje a Mario Bunge.»

Nos permitimos adjuntar una pequeña nota de reseña sobre su vida en el diario español El País.

https://elpais.com/elpais/2020/02/25/ciencia/1582620413_320805.html

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Escuela Judicial de Barcelona. Perspectiva de género. PDF

25 febrero, 2020

Estimados amigos:

Adjuntamos uno de nuestros primeros trabajos de investigación en la Escuela Judicial de Barcelona, hacia setiembre de 2019, a propósito del siempre actual tema de perspectiva de género, el mismo que recogió algunos caso de actualidad en España, entre sentencias, reportes varios y vídeos sobre la materia.

Perspectiva de género Artículo Escuela Judicial PDF

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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ARTICULO CONFILEGAL. ¿Es necesaria la humanización de la Justicia?

24 febrero, 2020

 

¿Es necesaria la humanización de la Justicia?

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Derecho a morir con dignidad. Demanda de amparo Defensoría del Pueblo. Caso Ana Estrada

21 febrero, 2020

 

 

 

Estimados amigos:

Nos permitimos adjuntar un archivo de sumo interés referido a la demanda de amparo de la Defensoria del Pueblo en representación de Ana Estrada, una mujer con una enfermedad incurable, quien reclama que el Estado le permita un procedimiento de eutanasia. cuando ella así lo pueda decidir.

El debate que la acción plantea nos lleva nuevamente a la reflexión de relevancia en el sentido de si así como estimamos que existe el derecho a vivir con dignidad, si acaso existe un derecho, del mismo nivel,  a morir con dignidad, asunto que admite esferas de complejidad muy amplias y que en el Derecho Constitucional representa una discusión igualmente inacabada si nos referimos a los derechos fundamentales como contenidos de moralidad y no solo de legalidad.

Solo dejamos una pregunta al garete: ¿representa tortura para una persona desahuciada obligarla a vivir en condiciones extremadamente insoportables? Atienza llamaría a esta situación un dilema moral.

Recomendamos la atenta lectura del archivo adjunto.

Demanda Defensoría del Pueblo caso Ana Estrada

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Revista IPSO JURE No. 48. Febrero 2020

20 febrero, 2020

 

Estimados amigos:

Los 100 años de creación de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque están a punto de conmemorarse el próximo 23 de mayo de 2020 y parece ya lejano aquel año de 1920, luego de la Primera Gran Guerra Mundial y cuando el planeta entero se aprestaba a poner en vigencia el Tratado de Versalles, en que los vocales superiores de Perú señores Manuel C. Rodríguez, Augusto R. Llontop, Eliseo Pérez  Velásquez y Augusto Ríos,  se congregaron para disponer en Chiclayo la instalación del Tribunal Superior de Justicia de este departamento en el norte de Perú, en cumplimiento de la Ley 4049, expedido por el Gobierno de Augusto B. Leguía.

Esta edición es pues una de pre -aniversario y hemos de desarrollar en las próximas semanas a nivel de Corte, un importante número de actividades, entre protocolares, culturales y académicas, con motivo de nuestro inicio como institución de justicia en esta zona del país. Son nuestros primeros cien años de trabajo con denuedo, esfuerzo y sacrificio, y es misión de este corpus iuris poner de relieve que somos una institución de servicio público. Del pueblo venimos, por el pueblo existimos y es nuestra misión servir al pueblo.

 

PALABRAS DEL DIRECTOR

Qué duda que las experiencias de capacitación para todo profesional resultan siempre harto provechosas, pues se trata de vivencias de estudios, pero a la vez también de enriquecimiento cultural, y en ello va cierto matiz, incluso, de conocimiento de otras formas de pensar, de otras realidades y de diversos enfoques respecto al Derecho, en el caso de nosotros los jueces.  

Nos referimos en específico a la extraordinaria oportunidad que ha significado para la persona de este Director de la revista, haber tomado parte en el último curso de Formación Judicial Especializada 2019 en la Escuela Judicial de Barcelona, programa al cual accedimos en calidad de becarios del Consejo General del Poder Judicial de España.

Ciertamente fue muy enriquecedor tomar parte en la instrucción antes referida, abordando, junto a otros 27 colegas de distintos países de Iberoamérica y también con alumnos de la Escuela Judicial, una visión en esencia del Derecho español durante casi tres meses y medio, comprendidos entre setiembre y diciembre del año que acaba de culminar. Y a nuestro juicio, la parte más enriquecedora de la experiencia fue tomar parte en visitas a diferentes ciudades, entre ellas Madrid, donde tuvimos acceso formal a entrevistas con miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Supremo Tribunal, del Tribunal Constitucional y de la Audiencia Provincial de Madrid, a efectos de conocer in situ los sistemas de trabajo de estas importantes instituciones del sistema jurídico español.

Adicionalmente, estuvimos en Estrasburgo, Francia, donde visitamos el Parlamento Europeo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Consejo de Europa. Cerramos nuestras visitas, en diciembre, con una visita final al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, y aunque en verdad fueron días muy lluviosos y de extremo frío, pues las experiencias fueron de suyo muy valiosas.

En Barcelona también hubo visitas de relevancia. Estuvimos en la Ciudad de la Justicia, un extenso complejo de instituciones del sistema de justicia en esa ciudad, y además participamos en visitas guiadas a la Guardia Civil y a la Policía Autonómica de Barcelona, más conocida como los Mossos de Squadra. También hubo experiencias académicas de valor, como un evento referido a los 50 años de vigencia de la Convención Americana de Derechos Humanos en la Universidad Pompeu Fabra, entre otras actividades que la Escuela programó dentro de la actividad becaria.

El balance, entonces, resulta muy positivo, y nos lleva a esa vieja reflexión respecto a si los jueces debemos ser solo muy celosos de nuestro Despacho, o por el contrario, si deben abrir sus experiencias de trabajo, también, a conocer otras realidades, y quizá pueda devenir entonces muy útil, igualmente, conocer cómo trabajan aquellos sistemas jurídicos que hacen las cosas mejor que nosotros, en el sentido de que efectivamente hay una praxis consolidada de los Estados europeos para una capacitación más integral en la formación de sus jueces.

En nuestro caso, nos decantamos por la segunda posibilidad, pues es más congruente con un nivel de exigencias formativas: si queremos mejores elementos para el sistema de justicia, pues es razonable que se invierta en capacitación, o en su caso, en asumir políticas macro de capacitación en el exterior, a fin de que los jueces puedan asumir una visión más amplia del Derecho, y esto en propiedad influye en las propias resoluciones, pues el juez no se ciñe solo a su realidad específica, sino compara, contrasta y contrapone las diferentes respuestas que abordan los ordenamientos jurídicos frente a problemas concretos.

A modo de balance, entonces, y como hemos aseverado en una de nuestras conferencias réplica a propósito de esta experiencia, hemos recomendado, con convicción, a todos nuestros colegas jueces optar y decidirse por tomar parte en este valioso programa de la Cooperación española, en tanto enriquece la perspectiva del juez respecto al mundo del Derecho, confiriéndole una visión más global del mismo. Y como añadido final, pues vaya con énfasis nuestro sentido agradecimiento a la Escuela Judicial por habernos honrado con la experiencia académica de haber podido formar parte de la misma. No descartamos algún día volver a pisar sus aulas otra vez.    

Hasta la próxima edición. 

Edwin Figueroa Gutarra

Director

 

En este número 48 consignamos los siguientes artículos:

 

Estudio comparativo entre los sistemas interamericano y europeo de derechos humanos

Edwin Figueroa Gutarra

 

¿Tiene  un futuro  la  filosofía  del  derecho?

Manuel Atienza Rodríguez  (España)

 

A propósito del Decreto de Urgencia n° 016-2020. Los principios del derecho del trabajo no pueden soslayarse

Omar Toledo Toribio

 

El principio de humanidad de las penas: análisis legislativo, doctrinario y jurisprudencial

Martin Tonino Cruzado Portal

 

Las nuevas formas de la relación laboral en la sociedad de consumo

Ronald Fabián Díaz Correa

Hilda Manuela Piscoya Gonzáles

 

El enlace web a esta edición es el siguiente: 

https://tinyurl.com/wvrdwgn

 

Nuestra revista, gracias a la vía rápida de comunicación virtual que permite la Red Latinoamericana de Jueces REDLAJ, llega, además de Perú, a otros 18 países de Iberoamérica, entre ellos Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, República Dominicana,  Uruguay y  Venezuela.

En adición a lo indicado, es grato para nosotros de igual forma invitarlos a escribir un artículo para nuestra edición IPSO JURE 49, edición mayo 2020, centésimo aniversario de creación de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, y fijamos como plazo de cierre de recepción de artículos el próximo 20 de abril de 2020.

La invitación es extensiva a jueces, fiscales, abogados y académicos del Derecho. La extensión de los artículos es de hasta 20 páginas, arial narrow 11, espacio sencillo. Se enviará el artículo y una foto digital tamaño carnet a la dirección de correo electrónico estudiofg@yahoo.com, incluyendo nombres completos, teléfono y correo electrónico para fines de verificación. La dirección de la revista emitirá un correo de confirmación de recepción del trabajo.

 

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Centésimo aniversario de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. 23 de mayo de 2020

14 febrero, 2020

 

Estimados amigos;:

Nuestra Corte Superior de Justicia cumple próximamente 100 años de existencia y son ya preparadas una serie de actividades con este fin, entre programaciones culturales, académicas y sociales.

La ceremonia central tendrá lugar el 23 de mayo de 2020 en conmemoración de la instalación de nuestra Corte. En relación a ello, adjuntamos una nota de publicación al respecto.en nuestra Crónica Judicial de ayer.

100 años de creación CSJL Actividades

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

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Justicia genética. Manuel Atienza (España)

13 febrero, 2020

 

 

Estimados amigos:

Con esa sapiencia que lo caracteriza el maestro español Manuel Atienza ha publicado en su blog- La Mirada de Peitho- un artículo de mucho interés sobre justicia genética, y en él se refiere al análisis de un fallo de la justicia china sobre la condena a un genetista por un procedimiento de alteración de embriones para evitar el SIDA.

El estudio asume relevancia pues se trata de evaluar las nuevas dimensiones argumentativas de la moral y qué podemos entender por el concepto de justicia genética. Igualmente, cuales principios concurren para el examen de este caso.

Recomendamos su atenta lectura.

justicia-genetica Atienza

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

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Las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia. Publicación especial

8 febrero, 2020

 

Estimados amigos:

Un instrumento jurídico de enorme importancia – las 100 Reglas de Brasilia-  será objeto de una publicación especial, a nivel de la Corte Suprema de nuestro país, por parte de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en condición de vulnerabilidad.

La importancia del tema es mayúscula pues se trata de reflexionar sobre necesarios ejes de enfoque jurídico, a fin de que grupos vulnerables merezcan una mirada especial por parte del Estado en políticas públicas de acceso a la justicia. En efecto, cuestiones de edad, discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas, aspectos de migración y desplazamiento interno, pobreza, y cuestiones de género, entre otras características, constituyen algunas formas de restricción  para el ejercicio pleno de un derecho en condiciones de igualdad, y de ahí la importancia de analizar qué deben hacer los Estados para salvar las diferencias acotadas.

Adjuntamos la última versión actualizada de las Reglas de Brasilia, según cambios  adoptados en la XIX Cumbre Judicial Iberoamericana, la misma que tuvo lugar en Quito, Ecuador, en 2018.

100 Reglas de Brasilia. Actualización abril 2018 Quito, Ecuador

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Knight Institute vs Trump. Sentencia de la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, EE.UU. Bloqueo Twitter.

7 febrero, 2020

 

 

Estimados amigos:

Nos permitimos adjuntar el archivo correspondiente a un reciente fallo de mucho interés (versión original en ingles), expedido por la  Corte de Apelaciones del Segundo Circuito del Estado de  Nueva York, EE.UU., el cual nos plantea un debate de mucho interés: ¿puede bloquear un funcionario público a una persona en Twitter?

En el caso en mención el Presidente Donald Trump de EE.UU. había bloqueado a varias personas en su cuenta de Twitter.

La Corte estadounidense hace un importante distingo respecto a la naturaleza de las comunicaciones antes que a la naturaleza misma de la cuenta, pues efectivamente existe libertad de bloqueo, algo muy peculiar en las cuentas en redes sociales, en tanto se trate de una cuenta con información personal. Sin embargo, si la información es de naturaleza inherente a las funciones públicas, entonces el bloqueo asume una naturaleza distinta y constituye una forma de afectación de la libertad de acceder a información pública, así como implica discriminación negativa respecto a las personas bloqueadas.

Sin duda, el debate recién comienza. Ya Perú se ha pronunciado en sentido contrario al de la Corte estadounidense, por mayoría, en la STC 0442-2017-PA/TC, caso Erick Iriarte, pero ello es parte de los amplios debates que nos plantea la existencia de las redes sociales respecto a los derechos fundamentales.

Knight Institute vs Trump, Twitter block

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

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Artículo CONFILEGAL. Los presos tienen derecho a la libertad de expresión y a comunicarse con la prensa, nueva doctrina del Tribunal Constitucional español

6 febrero, 2020

Los presos tienen derecho a la libertad de expresión y a comunicarse con la prensa, nueva doctrina del Tribunal Constitucional

 

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