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STC 022-2018-AI/TC. Corridas de toros

11 marzo, 2020

 

Estimados amigos:

El Tribunal Constitucional de nuestro país  ha publicado finalmente su decisión final en el proceso 0022-2018-PI/TC, respecto a las corridas de toros, y en forma ajustada – cuatro votos contra tres- ha declarada infundada la demanda de inconstitucionalidad que pretendía se impidieraN las corridas de toros, entre otras actividades denominadas culturales, relativas a los animales.

No habiéndose satisfecho la exigencia de cinco votos para expulsar una norma del ordenamiento jurídico, en este caso la primera disposición complementaria final de la Ley 3047, «Ley de Protección y Bienestar Animal», se infiere que se seguirán promoviendo las corridas de toros en el Perú.

Los argumentos de ambas partes revelan un amplio debate respecto a si los animales tiene derechos morales, y si acaso merecen protección constitucional,y de ahí que recomendamos la atenta lectura del fallo adjunto.

2020 TC Corridas de toros 00022-2018-AI

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

 

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