Estimados amigos:
En la fecha hemos colgado en la Sección Páginas de este blog un ensayo intitulado “El derecho a la desconexión digital.,Entre el derecho al descanso y los deberes laborales», el cual puede ser leído en el siguiente enlace:
https://edwinfigueroag.wordpress.com/zzzb-el-derecho-a-la-desconexion-digital/
El estudio desarrollado fue ponencia en las últimas V Jornadas Nacionales de la Pontificia Universidad Católica del Perú sobre Derechos Fundamentales, con fecha 26 de setiembre de 2020, y abarca la configuración relativamente reciente del derecho a la desconexión digital en España y Francia,, ocupándonos de examinar si se trata de un estándar a implementar en Latinoamérica.
Nuestro trabajo analiza la irrupción excesiva del ciberespacio en la vida laboral y procura fijar límites que otros ordenamientos ya han establecido, algunos por vía legal, otros por vía jurisprudencial, y algunos a través de prácticas al interior del centro laboral.
Ahora bien, la pandemia del COVID 19 parecería implicar un factor quizá a favor de una maximización del trabajo virtual y remoto, y consiguientemente propondría incluso una mayor irrupción del derecho al descanso, pero nuestra propuesta discurre por limitaciones de razonabilidad y proporcionalidad.
Adviértase que España acaba de aprobar hace poco en setiembre 2020 una ley de teletrabajo y en tal sentido, es pertinente la insistencia respecto a que no existan jornada laborales invasivas y prohibitivas en relación al derecho al descanso.
Este artículo fue publicado en «DERECHOS FUNDAMENTALES», Actas de las V Jornadas Nacionales de Derechos Fundamentales. 2020. Lima. Palestra Editores. p. 225-242.
Saludos cordiales,
Edwin Figueroa Gutarra
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