Estimados amigos:
En la fecha hemos colgado en la Sección Páginas de este blog un ensayo intitulado “ Twitter y bloqueo. Entre el libre albedrío y el derecho a la libertad de comunicación», el cual puede ser leído en el siguiente enlace:
https://edwinfigueroag.wordpress.com/zzz-c-twitter-y-bloqueo/
El estudio desarrollado aborda las relaciones dinámicas que hoy nos ofrece el ciberespacio y evalúa cuán legítimo es realizar una acción de bloqueo en Twitter. Aquí asume relevancia un elemento diferenciador importante, pues habrá de distinguirse si la cuenta es pública o privada. Y sobre ello hay que delimitar adicionalmente¿ cuándo una cuenta es pública y bajo cuáles parámetros? ¿O basta realizarse una función pública para que la cuenta sea igualmente pública? ¿Habría el derecho de bloquear a otros usuarios? ?
Analizamos a este efecto dos importantes sentencias¿, una de ellas la STC 0442-2017-PA/TC, caso Erick Iriarte, y una decisión del fecha 09 de julio de 2019, caso Knight First Amendment Institute et al. vs. Donald Trump, emitida por la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos de América para el Segundo Circuito, en relación a los bloqueos del Presidente Trump en Twitter.
Este artículo fue publicado en la Revista Peruana de Derecho Constitucional- Historia constitucional. Nro. 12 Nueva época, agosto 2020. Centro de Estudios Constitucionales- Tribunal Constitucional del Perú. pp. 433-447