
STC 02970-2019-PHC/TC. Caso Rudas Guedes. Orden de prelación entre los apellidos paterno y materno
16 julio, 2021Estimados amigos:
Una decisión de sumo interés y relieve ha sido expresada en la STC 02970-2019-HC/TC, la misma que desarrolla una interpretación correctora extensiva del artículo 20 del Código civil de Perú, y permite, a partir de un enfoque del derecho a la identidad, que los padres puedan decidir el orden de prelación de los apellidos de los hijos.
En el caso en comento y vía habeas corpus, el Tribunal constitucional estima una demanda y reconoce no solo la afectación del derecho a la identidad, sino también la vulneración del principio- derecho de igualdad y no discriminación en razón al sexo en la elección de los apellidos. Desde nuestra perspectiva, termina la posición tradicional, solo amparada en inveteradas costumbres y no en una rigurosa interpretación constitucional, de asignar a los hijos como primer apellido el del padre.
El supremo intérprete de la Constitución alude, en el fundamento 35 del fallo, a la prohibición de una discriminación indirecta, es decir, de un tratamiento jurídico formalmente neutro, pero del cual se derivan consecuencias desiguales y perjudiciales por el impacto diferenciado y desfavorable que tiene sobre los miembros de uno u otro sexo. Es lo que ocurre, a nuestro juicio, en el asunto que nos ocupa, en tanto el artículo 20 del Código civil de Perú no especifica un orden de prelación de los apellidos y, sin embargo, siempre se entendió que al padre varón le asistía esta prerrogativa.
El voto en mayoría aborda un interesante enfoque de la legislación comparada sobre la materia y destaca los casos de España, Portugal y Argentina, países que ya permiten normativamente la aplicación de esta figura. Del mismo modo, destaca jurisprudencialmente las posiciones sobre la materia del Tribunal europeo de derechos humanos, de la Corte constitucional de Colombia, así como enuncia las experiencias de países como Argentina, Brasil, España, Francia, Italia, México y Portugal, los mismos que han avalado, a través de decisiones jurisdiccionales, esta figura.
Recomendamos su atenta lectura en el siguiente enlace:
TC 02970-2019-HC Cambio orden de apellidos
Saludos cordiales,
Edwin Figueroa Gutarra
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