Archive for marzo 2022

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ARTICULO CONFILEGAL. ¿Qué es una ley draconiana y cuál es su origen?

30 marzo, 2022

 

Estimados amigos:

CONFILEGAL, la conocida web jurídica española, desarrolla una reseña de interés a propósito de Dracón, el primer legislador griego, quien vivió en Atenas hacia el siglo VII antes de Cristo.

Solemos usar el término draconiano en la idea de asignarle un sentido de severidad a una situación determinada. La referencia encuentra su origen en la drasticidad del primer código criminal de la historia, cuya elaboración fue encomendada a Dracón. Dicho Código se grabó en piedra, fue expuesto en el Ágora griega, es decir, en una plaza púbica para que el pueblo lo conociera, y fue entendido como un intento de quitarle poder a la aristocracia y la nobleza, para otorgárselo al pueblo, a través de la ley.

Un detalle de interés es que las rigurosas leyes de Dracón se basaban en el derecho consuetudinario, afianzado este último en sanciones muy graves, y de ahí que el Código griego recogiera esa drasticidad respecto a los delitos.

El enlace del artículo citado es el siguiente:

https://confilegal.com/20220106-que-es-una-ley-draconiana-y-cual-es-su-origen/?utm_source=newsletter&utm_medium=email&utm_campaign=todas_las_noticias_de_confilegal_del_6_de_enero_de_2022&utm_term=2022-03-30

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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ARTICULO CONFILEGAL. La mitología griega desde un enfoque criminológico

29 marzo, 2022

 

Estimados amigos:

La visión del ser humano de antaño respecto a los dioses era la de figuras empoderadas, con trascendencia vital más allá de la muerte. Y, sin embargo, ¿fue una reflexión uniforme en la Grecia antigua?

Una muy interesante reseña de CONFILEGAL desarrolla un examen de la mitología griega desde un punto de vista criminológico y recoge valiosos apuntes sobre las conductas de los dioses griegos. Uno de ellos al referirse a Zeus, señala que éste “es el dios más poderoso del Olimpo en cuyo “curriculum delincuencial” figuran todo tipo de crímenes: raptos, violaciones, delitos de incesto, muertes, conspiraciones y rebeliones.”

El análisis aborda, de igual modo, las conductas de los demás dioses y no saliendo ninguno de ellos bien librado, destaca, en esa línea de pensamiento, los múltiples conflictos suscitados con el Derecho Penal. Y bajo esa perspectiva ¿se podía enjuiciar a los dioses griegos? La justicia divina tenía pues otra dimensión, muy lejana a la tradición de pensamiento cristiano contemporáneo.

Incluimos la reseña citada cuya lectura recomendamos:

La mitología griega desde un enfoque criminológico

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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ARTICULO CONFILEGAL. «Jueces robot» y comunicaciones en «Blockchain»: Una realidad cada vez más cercana en España

27 marzo, 2022

 

Estimados amigos:

Pensar en jueces robot puede resultar una figura complicada, pero si asociamos esta idea a la de una justicia más célere, esa reflexión nos deriva a la importancia de primer nivel de las herramientas de Inteligencia Artificial IA.

CONFILEGAL, la conocida web jurídica española, nos plantea temas muy interesantes en el artículo cuyo enlace reseñamos, pues cita, entre otras atingencias, la experiencia de Estonia en el manejo totalmente cibernético- diríamos de un juez robot alegóricamente- para resolver pretensiones sobre indemnización de hasta 7,000 euros. No resuelve aquí el juez real sino solo cumple una labor de verificación final. El mismo resultado se da para los divorcios sin oposición, en tanto resuelve en ese caso solo un avanzado software, sin asistencia humana directa.

Como señala el artículo citado, leer 15,000 páginas de un caso nos demandaría a los jueces varios días de labor. La IA lo puede hacer, vía resúmenes en pdf, con un alto nivel de fiabilidad, en menos de 2 minutos, contrastando legislación y jurisprudencia al mismo tiempo El resultado es claro: ¿no nos conviene implantar ya estos mecanismos de IA?

Argentina lo hace ya con Prometea, un avanzado software de apoyo al Ministerio Público de Buenos Aires; Colombia, lo hace con PretorIA, otra plataforma a nivel de su Corte Constitucional. Los trabajos de días pueden abreviarse a minutos. El reto es de todos los sistemas jurídicos contemporáneos.

Recomendamos la lectura del artículo en mención.

https://confilegal.com/20220221-jueces-robot-y-comunicaciones-en-blockchain-una-realidad-cada-vez-mas-cercana-en-espana/?utm_source=newsletter&utm_medium=email&utm_campaign=jueces_robot_y_comunicaciones_en_blockchain_una_realidad_cada_vez_mas_cercana_en_espana&utm_term=2022-03-27

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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El precedente constitucional en los sistemas del Civil Law. Michelle Taruffo

26 marzo, 2022

 

 

Estimados amigos:

La retroalimentación en nuestros cursos es de suma importancia. De esa forma, en el desarrollo de nuestro actual curso sobre el precedente constitucional vinculante en la Maestría Constitucional de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, pudimos ubicar una lectura cuyo título es el que antecede, en referencia al precedente vinculante.

Se trata de una conferencia dictada por el maestro Michelle Taruffo en la Pontificia Universidad Católica del Perú en 2012, y es de destacar, en su desarrollo, el contraste tan interesante que realiza el profesor italiano con relación al precedente en los sistemas del Civil Law, o de derecho continental europeo, más aún si el precedente es una concepción originaria del Common Law, o sistema anglosajón.

En ese sentido, es una valiosa conclusión que en el Civil Law hay un afianzamiento mayor del precedente, pero no por la tradición de igualdad y fiabilidad del sistema jurídico, sino por su visión de herramienta de economía del sistema, dada la compleja congestión de procesos que afecta a muchas altas Cortes del Civil Law. ¿Es esto entonces una concepción utilitarista? Dejamos abierto el debate.

Recomendamos la atenta lectura de este artículo.

LECTURA El precedente constitucional en los sistemas del Civil Law Taruffo

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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Reseñas de viaje. Seúl. Corea del Sur. 2018. (parte 6) 

11 marzo, 2022

 

Estimados amigos:

Cerrando nuestras reseñas sobre Seúl y sus extraordinarios contrastes de tradición milenaria y modernidad, incluimos unas vistas finales del Aeropuerto Incheon, el mismo que igualmente acusa esa contraposición entre formas antiguas y modernas. Nos referimos a que sus instalaciones manifiestan esa expresión de religiosidad y tradición, lo cual convierte a Corea del Sur en un destino muy especial.

Nuestro 10mo. Congreso de Derecho Constitucional concluyó exitosamente en 2018, y fue una experiencia extraordinaria, en conjunto, compartir las visiones de los cinco continentes sobre las tendencias actuales en esta materia. Y es verdad, cada región del mundo focaliza distintas preocupaciones sobre los derechos fundamentales, desde las consecuencias de la irrupción de las democracias de Europa del Este en el viejo continente, hasta la apertura sin prisa, pero tampoco sin pausa, de los derechos en Asia, pasando por el rol protagónico de una Corte Africana de Derechos Humanos que mejora las perspectivas de los derechos en esa latitud.

El 11er Congreso de la Asociación Internacional de Derecho Constitucional (IACL por sus siglas en inglés) ya ha sido convocado para diciembre de 2022 en Johannesburgo, en Sudáfrica. No perdemos la esperanza de poder participar.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

 

Aeropuerto Incheon

 

 

 

Aeropuerto Incheon

 

 

 

Aeropuerto Incheon

 

 

 

Aeropuerto Incheon

 

 

 

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«Precedente constitucional vinculante”. Maestría Constitucional. Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. 12 de marzo de 2022

10 marzo, 2022

 

 

Estimados amigos:

La Maestría Constitucional de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, con sede en Lambayeque, nos invita a dictar virtualmente el curso «Precedente constitucional vinculante”, desde el próximo 12 de marzo de 2022 y por espacio de 4 fines de semana.

El marco del curso aborda los orígenes del precedente en el Common Law y cómo el principio del stare decisis ha jugado un rol de consolidación en el carácter de vinculación de los precedentes. En ese sentido, desarrollaremos algunos paralelos de interés entre el precedente estrictamente judicial y por excelencia, el precedente constitucional vinculante, el cual, desde la perspectiva del Tribunal Constitucional asume un rol de mayor vinculación.

Ciertamente no deja de ser compleja la idea de que aun cuando el precedente en el derecho anglosajón realmente insta a los jueces a seguirlo, en su génesis también conviven los criterios de distinguishing y overruling, variantes que implican rangos de apartamiento del precedente. Esta precisión nos sirve de antecedente para discutir, en el ámbito de la jurisdicción constitucional peruana, si acaso el precedente constitucional vinculante, al ser de naturaleza fuerte, afecta o no el principio de independencia judicial.

Notemos que el juez podría invocar, de un lado, independencia frente al precedente; de otro lado, podría considerarse instado por la interpretación constitucional vinculante, y es aquí donde es exigible una línea de separación conceptual y material respecto al precedente. Para todo efecto, el debate académico sobre la cuestión es un tema inacabado y con numerosas aristas de discusión pendientes.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

 

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Comisión Poder Judicial, propuestas al proceso de ratificación de jueces y fiscales en Perú

9 marzo, 2022

 

Estimados amigos:

La Presidencia del Poder Judicial nos ha incorporado a la Comisión institucional que realizará propuestas a la Junta Nacional de Justicia respecto al proceso de ratificación de jueces y fiscales en Perú, en seguimiento de los estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Cuya Lavy vs Perú.

Ya el tema de la ratificación ha sido abordado en este blog (https://edwinfigueroag.wordpress.com/zzzd-la-ratificacion-de-jueces-en-peru/) y en esta oportunidad, dado que la Corte IDH ha sentado posición respecto a que el proceso de ratificación en nuestro país tiene carácter sancionatorio, se dispone que el Estado peruano cumpla con incorporar a dicho proceso mejores estándares de un debido proceso, en tutela de las garantías judiciales previstas por el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Dicha pauta no se cumplió en el caso Cuya Lavy, según la Corte IDH, en tanto se consumaron ostensibles afectaciones al debido proceso, lo cual a futuro se busca evitar.

Nuestra propuesta, sin embargo, sería incluso más amplia y así lo hemos dejado sentado en estudios académicos: el proceso de ratificación de jueces y fiscales debe ser excluido de la Constitución peruana, pues en el Derecho Comparado, en forma casi unánime, el nombramiento de jueces es ad vitam, esto es, de por vida, existiendo naturalmente causales de cese de la carrera vía procedimientos disciplinarios por causales de falta grave, mas no a través de un proceso de ratificación que, en buena cuenta, afecta el contenido constitucionalmente protegido del principio de independencia judicial.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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¿Existe el derecho a la guerra?

5 marzo, 2022

 

Estimados amigos:

No pudiendo ser ajenos al doloroso conflicto actual entre Ucrania y Rusia, nos preguntábamos si acaso podemos hablar de un derecho a la guerra, o si en su caso, se trata de conductas que merecen nuestra más enérgica desaprobación, dado el carácter prima facie de irracionalidad de todo conflicto bélico.

Algunas líneas de respuesta pueden ser esbozadas en la lectura adjunta del profesor alemán Helmut Ridder, con ocasión de una conferencia pronunciada el 8 de noviembre de 1955 en Bad Sooden Allendorf. Realiza el autor una descripción de la evolución histórica del derecho a la guerra en el Derecho Internacional, desde la doctrina de la guerra justa y con ella del Derecho material de guerra, a partir de la escolástica medieval, hasta la afirmación de que la declaración de guerra es uno de los mayores actos de soberanía, frase pronunciada por el Secretario de Estado Lansing, frente al presidente Wilson, en 1919.

O bien alude a la funesta frase de Clauswitz respecto a la guerra como la prosecución de la política con otros medios, moralmente no diferentes. Finalmente, se cuestiona si el desenvolvimiento del derecho formal a la guerra habrá de subsistir como una de las más eficaces contribuciones a la idea de la paz.

No podemos excluir -es nuestra consideración personal- que la guerra rompe estándares de razonabilidad y proporcionalidad respecto a la vida humana, pues en nombre de una alegada causa, se pierden cuantiosas vidas. Esta sola atingencia causa el derrumbe – es nuestra convicción- de toda justificación de un conflicto. No existe guerra justa, existen solo guerras injustas bajo el membrete de justificaciones apenas formales.

Derecho a la guerra RIdder PDF

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

 

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“¿Es conveniente adoptar la figura del certiorari en el Tribunal Constitucional?”. Panel Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional. 04 de marzo de 2022

4 marzo, 2022

Estimados amigos:

El Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional de Perú nos ha invitado como panelista al II Foro de Investigación, el cual abordará el tema “¿Es conveniente adoptar la figura del certiorari en el Tribunal Constitucional?”, actividad a realizarse el 04 de marzo de 2022 a las 18.30 horas.

Sin duda el tema es de sumo interés y ya antes lo hemos trabajado, más desde una perspectiva del Poder Judicial, lo cual se puede verificar en  https://edwinfigueroag.wordpress.com/za-certiorari-y-reforma-constitucional-entre-propuestas-y-necesidades/.

En esta oportunidad el eje de debate es respecto al Tribunal Constitucional, pero los fundamentos doctrinarios del certiorari, vienen a ser los mismos, pues la idea central de dicha institución es si el tribunal final de alzada puede, en buena cuenta, decidir solo respecto a los casos que opta por conocer. El mejor ejemplo, al respecto, se cualifica y cuantifica en la Corte Suprema de EE.UU., la cual recibe, en promedio, 10,000 causas al año, y solo resuelve aproximadamente una media de 100, es decir, un 99% de procesos queda sin resolver, y ello no supone, en el sistema anglosajón, afectar la tutela jurisdiccional efectiva.

En todo caso, el debate está siempre abierto académicamente hablando, y si esta figura fuera útil en nuestro sistema, no dudaríamos en impulsar su aplicación, de suyo realizando las reformas constitucionales y legales de rigor.

Unirse a la reunión Zoom
https://us02web.zoom.us/j/89420231672?pwd=MEZnVkJmRXJPNXMvWUU5OFVaeU1zdz09

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

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Reseñas de viaje. Seúl. Corea del Sur. 2018. Centro de la ciudad (parte 5) 

1 marzo, 2022

 

Estimados amigos:

Acotábamos en una reseña anterior sobre Seúl, Corea del Sur, las imágenes de contraste entre la hoy vigente marcada modernidad de la ciudad y las expresiones culturales religiosas que evidencian la fuerza del budismo y otras confesiones religiosas, manifestaciones que pueden verificarse a lo largo de toda esta metrópoli de unos 10 millones de habitantes.

En esta oportunidad incluimos unas reseñas de nuestras jornadas de trote matutino por el centro de la ciudad, muy cerca a nuestro hotel en la zona de Gwanghwamun, destacando en las vistas que incluimos las expresiones que recogemos supra, entre ellas las de una estatua que simboliza un Seúl muy moderno – un ciudadano elegante, por ejemplo-, así como algunos pasajes de ingresos a restaurantes de categoría. Por último, incluimos una foto de un templo budista cuya solemnidad nos impresionó.

En particular, nos pareció muy peculiar que los rezos budistas arrancaran aproximadamente a las 4 de la mañana, siendo una nota distintiva la recurrencia a una especie de tambor constantemente utilizado, aunque en forma muy pausada, así como unos fervorosos y continuos rezos, los que, auxiliados por megáfonos, amplificaban ciertamente la escucha de los mismos. Nuestra curiosidad nos indujo a acercarnos, muy temprano un día, a uno de estos templos, y la comparación con el rezo católico fue evidente: el rezo budista es dinámico, la persona reza de pie y sin zapatos, después se arrodilla, luego inclina aún más su cuerpo hacia el suelo, y finalmente se vuelve a poner de pie. Ello es repetido constantemente. La misa católica, por oposición, es mucho más calmada.

En fin, esos trotes matinales por las urbes que tuvimos oportunidad de conocer siempre fueron un ejercicio cultural interesante, pues nos permitieron apreciar diversas facetas de una ciudad al comenzar su día. Y muchas veces, esos detalles revelaron idiosincrasias muy particulares de cada comunidad.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

 

Estatua en el centro de la ciudad. Zona de Gwanghwamun

 

 

 

Centro de Seúl. Gwanghwamun

 

 

 

Centro de Seúl. Gwanghwamun

 

 

 

Templo budista en Gwanghwamun

 

 

 

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