
Estimados amigos:
Nuestra Corte cumple 102 años y en ese marco de celebraciones, IPSO JURE realiza un aporte de varios artículos en los cuales destacamos reflexiones desde la judicatura misma y desde la academia.
Lambayeque representa no solamente una de las Cortes más antiguas del país sino uno de los corpus iuris a la vanguardia en producción jurisdiccional en Perú. Destacamos, de esa forma, que la judicatura no solo implica resolver los conflictos de reglas, en concreto, y las colisiones entre principios, en general, sino exige un conjunto de reflexiones a graficar en nuestros artículos, a fin de poderse leer entre líneas, sobre líneas, y detrás de esas líneas, el análisis agudo que exige la argumentación en el Derecho.
Ya decía Reichenbach que el juez es un jugador racional que hace una apuesta conociendo bien las leyes de la probabilidad. Suscribimos plenamente esa afirmación, a la cual hemos de sumar que deviene relevante justificar cómo se entiende la racionalidad y la plausibilidad de esa apuesta que pretende ser la única respuesta correcta.
PALABRAS DEL DIRECTOR
Nos encontramos próximos a celebrar un nuevo aniversario de esta Corte Superior de Justicia – el centésimo segundo desde 1920- y ello nos llena de júbilo, alegría y hondas expectativas por las expectativas de mejoras en el servicio de justicia, exigibles siempre en todos los ordenamientos jurídicos. Dentro de esas proyecciones, el concepto de reforma de la justicia representa una bandera que enarbolan los Estados.
Es cierto que el concepto de reforma judicial, como suele decir el reconocido maestro español Manuel Atienza, parece tener un permanente rostro ajado, en referencia a que se recurre al mismo término muchas veces. Y seguramente resulta muy cierta esa aseveración, en cuanto numerosas reformas judiciales han ocurrido con cierta frecuencia en diversos países del mundo, y parece ser que la situación no habría cambiado radicalmente en aquellos lugares donde ha tenido lugar.
Seguimos la secuencia de ese razonamiento y nos encontramos con que la justicia es un bien en constante proceso de construcción, reafianzamiento y replanteamiento. No hay una versión estática final de la justicia que nos permita decir «Hasta aquí llegamos y esto es el final». Creemos, por el contrario, que la justicia se somete, una y otra vez, a un constante proceso de reformulación de sus postulados procedimentales, aunque conservando sus fines primordiales.
Lo antes citado nos lleva a definir que, efectivamente, la búsqueda de la paz social, la dilucidación de una controversia con arreglo a las leyes y la Constitución, así como0 el fon del conflicto, entre otros, son fines primordiales de todo sistema de justicia, pero, a su turno, los modos de ejecución tienden a variar según las coyunturas sociales que vivamos y, en ese norte de ideas, aspiramos a que no pierda la justicia, en esas tareas de procedimiento, sus objetivos esenciales.
De ahí que numerosos intentos de reforma de los Poderes Judiciales han sido entendidos como planteamientos incompletos y, en puridad, advertimos que no es así, pues si se trata de reformas de la justicia, hemos de decir que, las más de las veces, esas reformas propenden a lograr la más óptima fotografía posible de ese escenario de mejoras, pero, objetivamente, el sistema de justicia se replantea constantemente y éste asume nuevos retos.
Veamos, para sustento de nuestra idea, cómo ha cambiado el sistema de justicia desde la pandemia en marzo de 2020, y hoy la virtualidad de las audiencias es un fenómeno que no va a ceder ni se va a detener aún así la pandemia amaine. Entonces, los Poderes Judiciales se ven precisados a reencaminar sus prioridades, sus exigencias y, en verdad, sus presupuestos, a efectos de afianzar un esquema de justicia virtual que, en esencia, permite un mayor acceso a la justicia, como derecho inalienable de sus ciudadanos.
Una audiencia virtual, es verdad, desplaza la exigencia física de realización de una diligencia, permite acortar distancias, y representa menores costos de realización, en todos los sentidos, en comparación a la tradicional cultura presencial de las audiencias de antaño. Desde esa perspectiva, observamos que una reforma de un Poder Judicial exige recoger, en su camino de planteamiento, todas las circunstancias de consideración para un esquema de efectivización.
De ahí que sea necesario tomemos en cuenta que la justicia demande reformas ante la ciudadanía, mas éstas no deben perder, en su ejecución, las numerosas atingencias que aporta la reconfiguración constante de la realidad, y puede ocurrir, como en efecto tiene lugar, que una reforma judicial pueda tener lugar respecto de una situación en un contexto determinado, pero que, a su fecha de ejecución, ya se hayan configurado nuevas circunstancias de reexpresión que hacen aparecer incompleta esa reforma.
No queremos aludir, con esta reflexión, al famoso mito de Sísifo, quien se vio obligado a empujar por una pendiente elevada una enorme piedra, que luego veía nuevamente rodar, luego la volvía a empujar y luego la volvía a ver rodar, y así indefinidamente. Y sin embargo, es menester tomar en cuenta que la justicia requiere un esfuerzo constante y permanente de consolidación, y en ello se ven ir, respecto de nosotros los jueces, los mejores y más denodados esfuerzos de nuestras vidas.
Feliz 102 aniversario para nuestra Corte Superior de Justicia.
Hasta la próxima edición.
Edwin Figueroa Gutarra
Director
En este número 57 consignamos los siguientes artículos:
El derecho a comprender las actuaciones judiciales y las Reglas de Brasilia
Edwin Figueroa Gutarra
Cinco ideas para la formación del jurista de mediados del siglo XXI
Manuel Atienza (España)
El aparente conflicto entre jueces y registradores en la inscripción o anotación de resoluciones judiciales
Angel Fredy Pineda Rios
La naturaleza jurídica del derecho a la objeción y su relación con la libertad de conciencia en el ordenamiento constitucional peruano
Leandro Acuña Fabián
la desaparición, nueva modalidad de violencia de género contra las mujeres
José Agip Vásquez
El enlace web a esta edición es el siguiente:
https://cutt.ly/XHf2bic
Nuestra revista, gracias a la vía rápida de comunicación virtual que permite la Red Internacional de Magistrados llega, además de Perú, a importantes destinos de Iberoamérica.
En adición a lo indicado, es grato para nosotros, de igual forma, invitarlos a escribir un artículo para nuestra edición IPSO JURE 58, edición Día del Juez, agosto 2022, y fijamos como plazo de cierre de recepción de artículos el próximo 10 de julio de 2022.
La invitación es extensiva a jueces, fiscales, abogados y académicos del Derecho. La extensión de los artículos es de hasta 20 páginas, arial narrow 12, espacio sencillo. Se enviará el artículo y una foto digital tamaño carnet a la dirección de correo electrónico estudiofg@yahoo.com, incluyendo nombres completos, teléfono y correo electrónico para fines de verificación. La dirección de la revista emitirá un correo de confirmación de recepción del trabajo y, luego, de validación del mismo.
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