Estimados amigos:
La Sala Plena de la Corte Suprema de Perú ha emitido un importante comunicado, el cual incluimos en este post, a raíz de la STC 003-2022-CC/TC, decisión que, en rigor, fija algunos lineamientos restrictivos para el conocimiento, vía procesos constitucionales. por parte de los jueces constitucionales respecto de actuaciones y procedimientos del Poder Legislativo.
Adelantamos una importante cuestión en debate: o no existen zonas exentas de control constitucional o existen competencias – actos puros- del Congreso que no pueden ser objeto de examen por la justicia constitucional. He ahí el importante debate que se abre, con más fuerza, publicada ya la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la materia.
Saludos cordiales,
Edwin Figueroa Gutarra
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