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Reflexiones en la magistratura constitucional

29 julio, 2010

 

Estimados amigos:

Las reflexiones contenidas en los diversos ensayos que conforman este blog apuntan a poner de relieve el contraste marcado que diferencia al juez del siglo XXI de aquel que en su momento perfiló Montesquieu en el siglo XVIII.

Las diferencias resultan notorias y contextualmente marcadas en la medida que el Juez de la entonces novísima Revolución Francesa, estaba impedido de interpretar la ley y debía ceñirse al  rol de aplicador.  Más aún, si el juez de la Revolución apreciaba un conflicto en la mera aplicación de la ley, debía ceñirse al procedimiento denominado “referé legislativo”,  el cual consistía en la necesaria y obligatoria remisión del expediente al legislador a fin de que, planteado el conflicto de aplicación entre normas y hechos, fuera el mismo creador de la norma-regla, esto es el legislador, quien definiera la precisa solución del conflicto jurídico. El juez de entonces se arriesgaba incluso a sufrir pena de prisión si excedía de alguna forma el rol de aplicador. Sin embargo, desde los mismos esbozos de la Revolución y sus escenarios posteriores, ya existía la percepción de que el juez no podía decirlo todo en la solución de las controversias jurídicas.  Cambaceres ya se persuadía de esta realidad y de la imposibilidad de “decirlo todo” y postulaba que había necesidad de aplicar una interpretación más amplia.

En este siglo XXI, en el cual hablamos marcadamente del juez constitucional y del Estado Democrático y Social de Derecho, perfilando entre líneas la existencia de un Estado neoconstitucional, el rol del juez resulta sustantivamente distinto.  Hoy  el Derecho es una ciencia y el juez defiende los derechos fundamentales en la  percepción de que en el Estado neoconstitucional existen más principios que reglas, más ponderación que subsunción, no hay zonas exentas de control constitucional, se postula una constelación plural de valores en lugar de homogeneidad ideológica de la norma y finalmente asumimos un rol prevalente del juez frente al legislador. Hoy decimos, en alguna forma en modo contrario a lo que proclama Eugenio Buligyn, que los jueces crean derecho y  no sólo crean reglas al interior de los procesos.

Es en esta nueva centuria que vía control difuso  el juez puede inaplicar una ley si ésta colisiona con el principio de supremacía normativa de la Constitución. A  su vez, la interpretación del juez constitucional hogaño goza de preferencia frente al mecanismo de interpretación autentica del legislador, convirtiéndose en un extraordinario mecanismo  de defensa de los derechos fundamentales. Apreciamos, entonces, una diferencia de carácter relevante entre ambos tipos de jueces en tanto el juzgador del frío silogismo, como diría García Figueroa, asume un rol marcadamente distinto respecto al decisor que hoy trabaja todo un capítulo en la argumentación constitucional, restando fuerza a aquellas posiciones que postulan las libertades públicas subjetivas como derechos absolutos. Asumimos, en ese orden de ideas, que Zagrebelsky no se equivocaba cuando aseveraba la ductibilidad de los derechos fundamentales en el Estado Constitucional de Derecho. O a su vez, debemos visualizar en el nuevo contexto de argumentación hoy, que los derechos fundamentales pueden presentar una gradación a fin de esclarecer en cuál nivel se ven afectados, situación que a su vez no se presentaba con la norma jurídica, cuando ésta representaba sólo un valor absoluto para la teoría del positivismo jurídico.

Resulta válido preguntarnos respecto a lo señalado: ¿cuál es el rol que hoy día les compete a los jueces de la justicia ordinaria frente a este cambio de rol de orden trascendente? La respuesta es taxativa: hoy el juez es creador del derecho, es defensor de los derechos fundamentales y es sujeto de un rol relevante en ese denominado activismo judicial que identifica a esa tarea de dimensión amplia que significa la defensa de los derechos fundamentales en los Estados, así como de los derechos humanos en el plano jurídico supranacional.

En virtud a ello pretendemos poner de relieve el rol distinto que hoy les compete a los jueces en el Estado Constitucional. En tal orden de ideas, creemos que la famosa polémica de los años treinta, entre Hans Kelsen, quien desconfiaba de labor de los jueces, y Karl  Schmitt, quien proponía la existencia de un Estado Jurisdiccional en el cual los jueces gobernaban con su decisiones sin ser gobernantes, se ha inclinado nítidamente a favor de éste último en tanto los jueces son capaces de decirles a otros poderes del Estado que ciertas decisiones suyas pueden contravenir la Carta Magna. La precisión aludida resulta de primer orden en tanto la primigenia tesis de Montesquieu, respecto a la separación de poderes, luego refaccionada con la tesis de Manuel Aragón con el aporte del equilibrio de poderes, hoy deviene en una proclama de intercontrol de poderes, con lo cual a los jueces constitucionales les corresponde un rol muy especial, cual es la tarea de que, en defensa de la Constitución, sus actos de interpretación constitucional, puedan prevalecer, vía interpretación, sobre los actos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

En el orden de ideas señalado, es válido interrogarnos hasta dónde hoy el juez representa un sujeto de protagonismo relevante en el Estado de Derecho. Atrás queda el oscurantismo de la Edad Media en el cual la tarea de decisión se traducía en la única voluntad del monarca de impartir justicia conforme a su libre arbitrio. Queda atrás, de manera marcada, también, el rol del juez como escrupuloso aplicador de la norma para quien la ley y sólo la ley era el punto de partida, la consecución y el destino de llegada de las decisiones jurídicas, para trascender a otro escenario en el cual la ley es una de las varias fuentes del derecho. Queda atrás, de la misma forma, el juez positivista kelseniano para el cual la norma, como expresión sustantiva de la Teoría Pura del Derecho, debía expresar un blindaje en la aplicación del derecho. Hoy esos esquemas han quedado definitivamente atrás cuando hogaño referimos, con énfasis, la relevancia de los axiomas como expresión de los principios, valores y directrices que representan las Cartas Fundamentales de los Estados contemporáneos, marcadamente Estados Constitucionales de Derecho.

La aseveración que hacemos respecto a los valores axiológicos representa un cambio de tesis fundamental en la forma de ver el derecho hoy. En efecto, si bien Kant propuso la moral como mecanismo base en el entendimiento del derecho, Kelsen representó una separación estricta entre el derecho y la moral. Sin embargo, si tomamos como punto de partida la Declaración Universal de los Derechos  Humanos de 1948, advertimos una reconciliación sustantiva entre el derecho y la moral. Expresiones  relevantes de esta idea también se ven reforzadas con la Carta Fundamental de Bonn en los artículos 19 y 20, los cuales enuncian la existencia del Estado Democrático y Social así como la prohibición de regular en contrario al contenido esencial de los derechos fundamentales.

Estas características se ven reforzadas con la Constitución  francesa de 1958, la Constitución de España de 1978, la Constitución colombiana de 1991, y las Cartas Fundamentales de Perú de 1979 y 1993, que en conjunto enuncian una nueva forma de ver el derecho en tanto los jueces se ven provistos de nuevas herramientas para discernir las colisiones entre principios y derechos fundamentales.

Podemos apreciar, en conclusión, que el juez deja de ser un mero aplicador del derecho, que se abandona ese concepto nunca realmente admitido de “simple operador” de la ley y que su rol hoy asume una dimensión sustancialmente diferente. Advertimos, en consecuencia, que los dos modelos enunciados representan  extremos opuestos  y  que las diferencias de roles exigen pues un análisis como el que sumariamente hemos efectuado.

Edwin Figueroa Gutarra

estudiofg@yahoo.com

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Fundamentos y Problemática de la Teoría de la Argumentación Jurídica. Universidad Nacional de Cajamarca. Doctoral. 04 de mayo de 2024

10 May, 2024

 

 

Estimados amigos:

La Sección Doctoral de la Universidad Nacional de Cajamarca. nos invita nuevamente a dictar virtualmente el curso «Fundamentos y Problemática de la Teoría de la Argumentación Jurídica», módulo cuya ejecución ha iniciado el pasado 04 de mayo y concluye el 02 de junio próximo en varios fines de semana.

La argumentación siempre despierta nuestro interés en ordenar cómo se construyen las nociones con relevancia jurídica, a partir de las exigencias de semántica y sintaxis que requiere el lenguaje construido. Muchas veces nos preguntamos en qué medida influyen nuestra idiosincracia en la determinación de nuestras ideas, y cuándo entramos a un necesario contexto de justificación de razones. Es el análisis de ese proceso, consideramos, el objetivo de nuestro curso.

Adjuntamos nuestra silabo y glosario de actividades.

UNC SILABO Argumentación jurídica 04may2024

GLOSARIO DE ACTIVIDADES ARGUMENTACION UNC 04may2024 .

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

 

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“La motivación en los procesos de amparo”. Conversatorios de Derecho Constitucional. Cátedra 23. Mayo 09 de 2024

9 May, 2024

 

 

Estimados amigos:

Nos es muy grato invitarlos, con el auspicio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y la Comisión de Capacitación de Magistrados de este Distrito Judicial, a la Cátedra Nro. 23 de los Conversatorios de Derecho Constitucional, a realizarse el día 09 de mayo de 2024, a las 17.00 horas (tiempo de Perú). 

El tema de la fecha es “La motivación en los procesos de amparo”, y se desarrollará virtualmente con la participación del Dr. Miguel León Untiveros, docente de la Academia de la Magistratura, abogado especializado en Derecho Constitucional, Derecho Parlamentario, Derecho Arbitral, en Derecho de Contrataciones del Estado, en Derecho de Inversiones Público-Privadas (APP), Contratos Civiles y Comerciales, Derecho Societario y Comercial. Doctor por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Master of Business Administration & Strategic Management en la Maastricht School of Management (Holanda). Magíster en Administración Estratégica de Empresas en Centrum – Pontificia Universidad Católica del Perú, egresado de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Presidente del Centro de Investigación de las Asociaciones Público Privadas – CIAPP. 

El enlace para dicha reunión es el siguiente:  https://meet.google.com/djm-hhrd-wns

Los Conversatorios de Derecho Constitucional, organizados en conferencias que hemos denominado Cátedras, han sido diseñados, vía ponencias virtuales, para desarrollar la posición académica de distintos profesores y magistrados sobre las aristas iusfundamentales de asuntos de actualidad constitucional.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

Presidente de la Comisión de Capacitación de Magistrados

Distrito Judicial Lambayeque, Perú

 

 

 

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«Debido proceso y derechos humanos”. Diplomado. Corte Superior de Justicia de Lambayeque. 08 de mayo de 2024  

8 May, 2024

 

 

Estimados amigos:

En el marco de desarrollo del Diplomado de formación 2024, en nuestra Corte Superior de Justicia de Lambayeque, la institución nos invita a desarrollar el tema «Debido proceso y derechos humanos”, la misma que tendrá lugar virtualmente el día 08 de mayo del año en curso, a las 17.00 horas

El temario a abordar comprenderá una noción clave del debido proceso: el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, referido a garantías judiciales, elemento a partir del cual se diseñan, en nuestra región, las herramientas mínimas para comprender la existencia de un debido proceso material.

Enlace de la videollamada: https://meet.google.com/mxh-zxnr-pgp

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

 

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“Ética y Derecho”. Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque, Perú. 26 de abril de 2024

26 abril, 2024

 

 

Estimados amigos:

En el marco de la colegiación de nuevos abogados, el Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque nos invita a desarrollar la ponencia “Ética y Derecho”, la misma que tendrá lugar presencialmente el 26 de abril del año en curso, a las 18.00 horas en el auditorio de la institución.

La incorporación de nuevos profesionales de la abogacía es un marco propicio para, sobre la base de un libro magnífico como la “Etica a Nicómaco” (siglo IV a.C.), de Aristóteles, pasando por otra excelente contribución como “Ética para Amador” (1991), de Fernando Savater, abordar un comentario del Decálogo del abogado (1948), del profesor uruguayo Eduardo Couture.

El artículo IV de dicho decálogo es emblemático:

  1. Lucha. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia.

El debate a generarse aquí es muy amplio y nos hace preguntarnos si acaso el Derecho no tiene solo naturaleza instrumental para servir a los fines, en sí mismos trascendentes de la justicia. De esa forma, la justicia es un fin y el Derecho tan solo un medio.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

 

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“Control de convencionalidad”. Conversatorios de Derecho Constitucional. Cátedra 22. Abril 25 de 2024

25 abril, 2024

 

 

Estimados amigos:

Nos es muy grato invitarlos, con el auspicio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y la Comisión de Capacitación de Magistrados de este Distrito Judicial, a la Cátedra Nro. 22 de los Conversatorios de Derecho Constitucional, a realizarse el día 25 de abril de 2025, a las 17.00 horas (tiempo de Perú). 

El tema de la fecha es “Control de convencionalidad” y se desarrollará virtualmente con la participación del Dr. Raúl Chanamé Orbe, abogado y catedrático universitario. Magíster y doctor por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Exdecano del Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho Constitucional y Ciencia Política. Cuenta con estudios de posgrado en Derecho Constitucional por la Universidad de Salamanca, Derecho Constitucional Comparado por la Universidad de Zaragoza y Derechos Fundamentales por la Universidad Complutense de Madrid. Diplomado en Políticas Públicas por la Universidad George Washington (EE. UU.). 

El enlace para dicha reunión es el siguiente: https://meet.google.com/tpf-uweu-qwt

Los Conversatorios de Derecho Constitucional, organizados en conferencias que hemos denominado Cátedras, han sido diseñados, vía ponencias virtuales, para desarrollar la posición académica de distintos profesores y magistrados sobre las aristas iusfundamentales de asuntos de actualidad constitucional.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

Presidente de la Comisión de Capacitación de Magistrados

Distrito Judicial Lambayeque, Perú

 

 

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Fuentes y objeto de estudio del Derecho Procesal Constitucional. IURIS PRAXIS. 24 de abril de 2024.

24 abril, 2024

 

Estimados amigos:

El Círculo de Estudios de Investigación Legal IURIS PRAXIS nos invita a desarrollar virtualmente la ponencia “Fuentes y objeto de estudio del Derecho Procesal Constitucional”, a desarrollarse el 24 de abril de 2024, a la 17.00 horas de Perú.

Recogemos al respecto, como idea de partida de nuestros temas, aquella feliz frase de Humberto Nogueira Alcalá (Chile), quien alude a los 3 cumpleaños del Derecho Procesal Constitucional, esto es, a tres fechas conmemorativas de esta disciplina: 1) 1679, por la Habeas Corpus Amendment Act de 1679, referida a la primera ley que regula en detalle un proceso constitucional, el habeas corpus; 2) 1803, por el emblemático fallo Marbury vs Madison, sentencia de la Corte Suprema de EE.UU. que crea la judicial review, o control difuso; y 3) 1920, por la creación del Tribunal Constitucional de Austria, cuyo propulsor fue Has Kelsen. Estos sucesos sirven de insumos para consolidar esta disciplina como una de las prevalentes en el ordenamiento jurídico contemporáneo.

El enlace a la actividad es el sgte: https://meet.google.com/umd-ncov-hyw

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

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“Derecho y Literatura. Una relación de complementariedad”. Parte 1. Suplemento Jurídica del diario “El Peruano”.

22 abril, 2024

 

Estimados amigos:

Nuestro artículo ya antes socializado de abordaje sobre las relaciones entre Derecho y Literatura ha sido publicado, en una primera parte, en el suplemento “Jurídica” No, 894, del diario oficial “El Peruano”.

La noticia nos llena de satisfacción y alegría, pues junto a los diversos ensayos técnicos que siempre desarrollamos, este estudio un tanto off de nuestras listas usuales, ha merecido el interés editorial del prestigiado diario nacional, y eso nos produce singular regocijo.

Incluimos el enlace a la publicación.

file:///C:/Users/usuario/Downloads/juridica_894%20(3).pdf

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

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“La aplicación de la perspectiva de género en las sentencias del Tribunal Constitucional y el Poder Judicial». Conversatorios de Derecho Constitucional. Cátedra 21. Abril 18 de 2024

16 abril, 2024

 

 

Estimados amigos:

Nos es muy grato invitarlos, con el auspicio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y la Comisión de Capacitación de Magistrados de este Distrito Judicial, a la Cátedra Nro. 21 de los Conversatorios de Derecho Constitucional, a realizarse el día 18 de abril de 2025, a las 17.00 horas (tiempo de Perú). 

El tema de la fecha es “La aplicación de la perspectiva de género en las sentencias del Tribunal Constitucional y el Poder Judicial», y se desarrollará virtualmente con la participación de la Dra. La ponente invitada es la Dra. Janet Tello Gilardi, Jueza Suprema Titular, presidenta de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de la República del Perú, de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, y de la Asociación Peruana de Mujeres Juezas (APMJ), que integra la International Association of Women Judges (IAWJ), e Integrante del Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana (Copaju).  Doctora en Derecho y Ciencia Política por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Magister en Derecho con mención en Política Jurisdiccional por la Pontificia Universidad Católica del Perú, egresada de la Maestría en Derecho con Mención en Ciencias Penales (UNMSM), abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú y diplomada en Estudios de Género (PUCP), titulada como Especialista en Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables por la Universidad de Jaén de España, así como en  Derecho y política jurisdiccional en la Universidad de Castilla- La Mancha;  cursó la especialización en Justicia Juvenil Restaurativa en la Universidad de Ginebra; especialización en argumentación jurídica e interpretación de la Constitución y la Ley: Derechos Fundamentales y Recurso de Casación, además de la especialización en Derecho Constitucional y Gobierno y Gestión Judicial en la Universidad Carlos III de Madrid. 

El enlace para dicha reunión es el siguiente:  https://meet.google.com/iht-dhnk-vmt

Los Conversatorios de Derecho Constitucional, organizados en conferencias que hemos denominado Cátedras, han sido diseñados, vía ponencias virtuales, para desarrollar la posición académica de distintos profesores y magistrados sobre las aristas iusfundamentales de asuntos de actualidad constitucional.

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

Presidente de la Comisión de Capacitación de Magistrados

Distrito Judicial Lambayeque, Perú

 

 

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“Derecho procesal constitucional 2”. Universidad Nacional de Piura. Videos

12 abril, 2024

 

 

Estimados amigos:

Como referencia general de materiales de respaldo de nuestro curso glosado supra y que desarrollamos en este mes de abril,  incluimos una reseña de videos que ciertamente han de ayudar a complementar contenidos. Son exposiciones de los profesores Domingo García Belaunde, César Landa Arroyo, Víctor García Toma, Gerardo Eto Cruz, Samuel Abad Yupanqui, Luis Sáenz Dávalos, entre otros.

En varios de ellos hay una posición crítica del Nuevo Código Procesal Constitucional, además de menciones a las principales modificaciones de los procesos de la libertad y orgánicos en la novísima norma procesal.

VIDEOS DER PROC CONST 2 UNP 06abr2024 .

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra 

 

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SEXTO FORO DEL SISTEMA INTERAMERICANO CORTE/CIDH: DEMOCRACIA ESTADO DE DERECHOS Y DERECHOS HUMANOS. 11 de abril de 2024

11 abril, 2024

 

Estimados amigos:

Una nota de mucho interés de la Corte IDH reseña el Sexto Foro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos a llevarse hoy 11 de abril de 2024, entre las 10.00 y las 16. 00 horas de Perú.

Trascribimos parte de la reseña:

El Foro del Sistema Interamericano es una iniciativa conjunta que desde el año 2017 llevan a cabo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) como los órganos del Sistema Interamericano responsables de la promoción y protección de los derechos humanos.

El objetivo del Foro es constituir un espacio hemisférico para la promoción de la conciencia, el intercambio y conocimiento sobre Derechos Humanos en la Región, con los distintos actores que hacen parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y el público en general.

La temática de esta VI edición del Foro versará sobre Avances y Desafíos a 75 años de la Declaración Americana sobre los derechos y deberes del Hombre, 45 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 65 años de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Este Foro se realiza el jueves 11 de abril de 2024 a las 9am (Hora de Costa Rica) – 11am EST Washington D.C y contará con interpretación al español, inglés y portugués.

El enlace para ingresar es el siguiente: 

https://us02web.zoom.us/j/84196210562?pwd=NERDVTFRZnQ5TlRoL3NqUkxVM3VFZz09

Saludos cordiales,

Edwin Figueroa Gutarra

 

 

 

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Retos del constitucionalismo en el siglo XXI

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